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Sábado 16/11/2024
 

Galicia

Piden la recusación de la jueza que incluyó "Galicia profunda" en un fallo

De su representada, ha dicho que está "destrozada" y que lleva mal escuchar que se la "compare con Juana Rivas"

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  • La alcaldesa de Muros, Inés Monteagudo. -

Los abogados de la madre del niño de un año sobre cuya custodia decidió la titular del juzgado de primera instancia número siete de Marbella, María Belén Ureña, han solicitado este miércoles la recusación de la jueza y, en la víspera, la nulidad de las actuaciones sobre todo.

Claudia Traba, letrada de la mujer junto a su compañero de bufete Alejandro Zulueta, ha contado a Efe que ya el día 15 del mes en curso habían solicitado una aclaración por los "insultos y términos despectivos" y el pasado viernes el despacho coruñés presentó una queja formal ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por esos hechos y por entender que no se ha practicado toda la prueba.

Así, entiende Traba que debe valorar el caso un juez "imparcial" que pondere adecuadamente, que cuide las "formas" y que tenga en cuenta no solamente los mensajes escritos cuando la ex pareja estaba en una fase muy crítica; también los correspondientes a la etapa en la que las cosas entre ambos se serenaron.

De su representada, ha dicho que está "destrozada" y que lleva mal escuchar que se la "compare con Juana Rivas".

La jueza Ureña otorgó la guardia y custodia del menor de 13 meses a su padre tras reprochar a la madre una actitud "deplorable" al llevarse al bebé a Galicia "sin haber obtenido previa autorización judicial".

Así consta en el auto emitido, el cual ha provocado polémica porque, entre los argumentos que esgrime la jueza, cita que la madre se ha llevado al pequeño a una aldea "de la Galicia profunda" en vez de vivir en una ciudad "cosmopolita" como Marbella.

Al margen de esa desafortunada consideración, la magistrada destaca en ese escrito que la mujer se llevó al menor sin consensuarlo con el padre, de forma "unilateral" y con una actitud "caprichosa, egoísta, inmadura, agresiva e irrespetuosa".

La mujer se trasladó "a una pequeñísima población de Galicia, llamada Torea (Muros, A Coruña), de tan solo 319 habitantes" de forma unilateral y no consentida por el padre", por la vía de hecho y sin autorización previa judicial, dice el fallo.

El escrito por el que se reclama el incidente excepcional de nulidad del presente procedimiento, al cual ha tenido acceso Efe, busca que se retrotraigan las actuaciones al momento de señalamiento del acto de vista, celebrándose la misma por un juez distinto del que dictó el auto "a fin de garantizar la imparcialidad".

Traba y Zulueta exponen en el razonamiento aportado que son conocedores de que esta es una medida excepcional reservada para situaciones extremas "de total indefensión", con menoscabo de las garantías constitucionales, pero creen que este es uno de estos casos.

Alegan que la jueza admitió toda la actividad probatoria solicitada para después no practicarla y añaden que valora elementos de prueba de los que no efectuó el preceptivo traslado a las partes.

"Arbitrariedad", "reproche subjetivo y jurídicamente infértil", "opinión extremadamente censurable y discriminatoria", "razonamientos ilógicos" que carecen del debido sustento probatorio y conclusiones "que se apartan de las reglas de la sana crítica" son otras de las consideraciones recogidas.

También los "insultos y descalificativos" hacia la madre "gratuitos y totalmente innecesarios" que, entienden, no pueden tener cabida; como tampoco el "prejuicio despectivo" hacia un colectivo, el de la "Galicia rural" a la que la madre regresó el mes pasado hasta que se aclarase el régimen de visitas, aducen.

Indican los defensores que el traslado no fue un "mero capricho", porque el padre "trabajaba", y apuntan que hubo una despedida paterno filial en el aeropuerto de Málaga, por lo que no se trató de una "partida sorpresiva".

Traba y Zulueta concluyen por último, sobre la alusión a la "Galicia profunda", que es una apreciación "indudablemente insultante, arcaica e injusta, y tan impertinente como impropia de quien se supone que debe impartir justicia". 

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