El Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe (Sevilla) actualiza el registro municipal de demandantes de vivienda protegida diez años después de la aprobación de la ordenanza que regula esta herramienta, en la que hay inscritas, hasta el momento, más de 2.400 personas. La nueva ordenanza, publicada este lunes en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), entra en vigor este próximo martes 15 de febrero.
Necesidad de adecuarla a la nueva normativa de Andalucía sino también por las nuevas circunstancias desfavorables de la actual crisis económicaEn el texto de la ordenanza actualizada, consultado por Europa Press, el Consistorio mairenero asegura que "la experiencia acumulada exige dotar de mayor concreción, claridad y celeridad los procedimientos de inscripción de selección de adjudicatarios y de adjudicación de viviendas".
Entre las novedades que se incorporan, podrán inscribirse aquellas personas que, aun teniendo una vivienda en propiedad o siendo adjudicatarias de una VPO en alquiler, necesiten una vivienda adaptada a sus circunstancias familiares por "causa de aumento de la composición familiar, movilidad reducida o dependencia sobrevenida, o sean víctimas de terrorismo o de la violencia de género, o la familia se tenga que desplazar de su localidad de origen por motivos laborales".
En estos casos, deben "transmitir o renunciar a la vivienda o bien ponerla a disposición del Registro, que podrá de forma discrecional aceptar estas viviendas para proceder a su comercialización o renunciar a las mismas".
No se dará de baja en el Registro a aquellas personas que renuncien por no haber obtenido la hipoteca, haberse quedado en paro o porque la vivienda adjudicada "no se corresponda con las características del demandante".
De hecho, el Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe señala en la nueva ordenanza que la modificación "viene dada no solo por la necesidad de adecuarla a la nueva normativa de Andalucía sino también por las nuevas circunstancias desfavorables de la actual crisis económica", por lo que si el demandante cumple las excepciones antes reseñadas "se le podrá ofertar con posterioridad otra vivienda sin tener que participar en otro procedimiento de selección".