El tiempo en: Aljarafe
Viernes 08/11/2024
 

Jerez

Oportunidad para optar a bonificación en el recibo del agua

El Ayuntamiento abre el plazo de presentación de solicitudes hasta el 30 de septiembre

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
  • Las familias pueden favorecerse de estas bonificaciones. -

El Ayuntamiento de Jerez tiene abierto hasta el 30 de septiembre el periodo ordinario de presentación de solicitudes para optar a la bonificación de la tasa del agua, alcantarillado y basura.

Como en convocatorias anteriores, el Ayuntamiento será el encargado de resolver los expedientes, pero la empresa Aquajerez se encarga de la recepción de las solicitudes.

La ciudadanía interesada en solicitar esta bonificación, podrá dirigirse a la mencionada empresa, ubicada en el número 2 de la calle Manuel María González, donde se les facilitará el impreso correspondiente.

Desde el Ayuntamiento se recuerda que las personas que ya se acogieron a estas bonificaciones en convocatorias anteriores deben volver a presentar la correspondiente solicitud.

Las personas solicitantes deben tener su residencia habitual y empadronamiento en el domicilio objeto de solicitud de bonificación.

Este requisito es fundamental porque no se aprobarán solicitudes en las que no coincidan domicilio de contrato y domicilio de empadronamiento. Deberán igualmente tributar por tarifa doméstica y no exceder de un consumo mensual de 4 metros cúbicos por persona.  

Por otro lado, la persona demandante de la bonificación debe hallarse en situación económica especialmente desfavorecida: a tal efecto se considerará que reúnen dicha condición las unidades de convivencia que no superen los límites de ingresos totales en cómputo anual en relación al IPREM (relativo a la anualidad anterior) y en función del número de miembros.

Para unidades de convivencia con un sólo miembro, el límite de ingresos será el del IPREM del año anterior; con dos miembros, será del 110% del IPREM del año anterior; con tres miembros, del 120%; con cuatro miembros, del 130%; con cinco miembros, del 140%; y con seis o más miembros, del 150%.

Los anteriores porcentajes se amplían en un 10% en el caso de acreditarse uno o varios de los siguientes supuestos especiales en algún miembro de la unidad de convivencia: mayores de 65 años, discapacidad igual o superior al 65%, víctimas de violencia de género y unidad monoparental.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN