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Lunes 18/11/2024
 
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España

Diputación reduce la liquidación por cese a cargos directivos

Elimina el complemento específico para evitar su consolidación. La medida supone un ahorro de 191.296 euros al año

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El Pleno de la Diputación de Cádiz ha aprobado con los 16 votos favorables del PP y la abstención del resto de grupos con representación (14 votos de PSOE, IU, PA y Foro) una propuesta para iniciar la revisión de oficio del actual Estatuto del Personal Directivo de la Corporación Provincial. La misma contempla eliminar el complemento específico que recibe dicho personal una vez cesen en sus funciones, para evitar que se consoliden los emolumentos que perciben.

Luis Ángel Fernández, diputado de Función Pública y Recursos Humanos, ha informado al Pleno de que con esta iniciativa, que en el presente afectaría a 16 exdirectores de área, se podrán ahorrar 191.296 euros al año. La medida se aplicará si el dictamen solicitado al Consejo Consultivo de Andalucía es favorable. El actual equipo de Gobierno de la Diputación ha reducido a seis las áreas de gobierno anteriores, al aplicar una reestructuración de la gestión administrativa.

El Gobierno provincial considera que según la legislación vigente, los funcionarios de las corporaciones locales, al igual que el resto de los funcionarios públicos, solo pueden consolidar el complemento de destino y nunca el complemento específico.

El diputado de Función Pública ha defendido ante el Pleno que de lo que se trata con esta iniciativa es de “restablecer la legalidad”. Fernández ha informado que el estatuto vigente de 2006 no se sometió a información del secretario general en su día, por lo que se aprobó sin el correspondiente informe técnico sobre su legalidad. Ahora el Gobierno ha solicitado el dictamen del Consejo Consultivo, como es preceptivo.

El Estatuto de Jefes de Administración de Servicios con funciones directivas y cargos de especial responsabilidad vigente actualmente en la Diputación de Cádiz fue aprobado en el Pleno celebrado el 14 de septiembre de 2001 y modificado mediante otro acuerdo el 24 de noviembre de 2006.

El apartado décimo, en su párrafo segundo, en la redacción dada en el Pleno de 2006, señala que los directivos podrán ser cesados con carácter discrecional y que con efectos del día siguiente a la fecha del cese les serán asignadas funciones y adscripción a un servicio determinado “con una categoría no inferior en más de dos niveles a la del puesto que ocupaba, como complemento de destino y el mismo módulo de unidades en específico”.

Esta redacción consolida el nivel salarial adquirido, correspondiente a la función directiva que ya no se ejerce tras el cese. La iniciativa aprobada propone una modificación de este párrafo para evitar que se consoliden los emolumentos que se han estado percibiendo al ejercer la dirección en concepto de complemento específico.

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