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Martes 19/11/2024
 
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España

Condenan Navantia y AESA a indemnizar a la familia de un empleado fallecido por exposición al amianto

Navantia y Astilleros Españoles presentaron un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que ha sido finalmente desestimado

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El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Navantia y Astilleros Españoles S.A. (AESA) contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que les condenaba a indemnizar con más de 177.300 euros a la viuda y los tres hijos de un antiguo trabajador que falleció en 2008 a causa de una enfermedad profesional reconocida --mesotelioma pleural sarcomatoide-- producida por contacto en el trabajo con amianto, no constando que por parte de la empresa se adoptasen las precisas medidas de seguridad.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, Félix R.G. trabajó como mecánico naval en contacto con amianto durante los años 1976 a 1983 --primero desde una contrata y luego integrado en la plantilla de Astilleros--. La viuda y los tres hijos del reseñado interpusieron una demanda contra Navantia y Astilleros Españoles por daños y perjuicios producidos por la muerte del trabajador, teniendo en cuenta "la omisión de medidas de prevención y seguridad exigibles a la empresa en el desarrollo de la actividad laboral de aquél", por lo que reclamaban el pago de 226.175 euros en total.

El Juzgado de lo Social número tres de los de Cádiz desestimó la demanda, partiendo de la apreciación, "que resultó ser errónea", de que el trabajador fue declarado en situación de incapacidad permanente por enfermedad común y sin apreciar la incidencia que tuvo el trabajo con amianto en el mesotelioma sarcomatoide que causó el fallecimiento del empleado.

Recurrida esa sentencia en suplicación ante el TSJA, el recurso fue estimado parcialmente, condenando el Alto Tribunal andaluz a las empresas Navantia y Astilleros Españoles a abonar a los familiares del fallecido la cantidad de 177.338 euros --147.182 para la viuda, 10.769 para dos de los hijos y 8.615 euros para el tercero--.

Frente a la referida sentencia, Navantia y Astilleros Españoles presentaron un recurso de casación ante el Tribunal Supremo que ha sido finalmente desestimado, imponiéndose además las costas procesarles a la parte recurrente.

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