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Lunes 18/11/2024
 

Campo de Gibraltar

Obligan a la Audiencia Nacional a juzgar una causa sobre una banda de hachís que operaba en Algeciras

El órgano judicial alicantino, coincidiendo con la opinión del fiscal, había elevado la causa a la Audiencia Nacional al entender que el grupo organizado investigado respondía a las características de delincuencia organizada multiprovincial. Se incautaron de cuatro toneladas de estupefaciente

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El Tribunal Supremo ha fallado que la Audiencia Nacional es la competente para juzgar a una banda desarticulada por un Juzgado de Dénia (Alicante) y dedicada al tráfico de hachís en varias provincias y localidades, incluyendo a Algeciras, operación que terminó con 56 detenciones y la incautación de casi cuatro toneladas de esta droga.

Esta decisión de la Sala de lo Penal del Supremo se produce a raíz de una cuestión de competencia planteada después de que el Juzgado de Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional rechazara asumir la causa remitida por el Juzgado de Instrucción número 3 de Dénia, ha informado hoy el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

El órgano judicial alicantino, coincidiendo con la opinión del fiscal, había elevado la causa a la Audiencia Nacional al entender que el grupo organizado investigado respondía a las características de delincuencia organizada multiprovincial.

A pesar de ello, la Audiencia interpretó que no reunía esa característica porque en realidad eran varios grupos "no pluriprovinciales" y rechazó la competencia, lo que abrió la cuestión de competencia remitida al Supremo.

En el fallo, el Supremo afirma que este momento procesal no es el adecuado para "enzarzarse en disquisiciones poco fecundas desde el punto de vista sustantivo tendentes a dilucidar si son varios entramados organizativos no pluriprovinciales conectados entre sí o un entramado único que extiende su actuación a diversas provincias".

Añade que, según el auto del Juzgado de Dénia, las cuatro toneladas de hachís se incautaron en Benidorm (Alicante), Torrente (Valencia), Sevilla, Algeciras (Cádiz) y Motril (Granada).

Por todo ello, dictamina que a los efectos competenciales "es clara la concurrencia de los dos elementos" requeridos para que la competencia recaiga en los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional, como son la existencia de un grupo organizado y la actuación en áreas que competen a varias audiencias provinciales.

Según ha recordado el TSJCV, la Policía Nacional considera que la banda estaba asentada en Barcelona y que tenía ramificaciones en Tarragona, Valencia, Dénia, Alicante, Murcia, Almería, Málaga, Algeciras y Cádiz, así como en Portugal.

El resultado de la operación policial fue el arresto de 56 miembros de la banda, la intervención de 35 vehículos entre camiones, furgonetas, turismos y motocicletas, y el decomiso de unos 800.000 euros en efectivo, además de las 4 toneladas de hachís procedentes de Marruecos.

Durante la instrucción, el Juzgado de Dénia tomó declaración y resolvió la situación procesal de los detenidos, varios de los cuales ingresaron en prisión bajo fianzas que en total superan 1.300.000 euros.

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