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Sábado 16/11/2024
 
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Deportes

La justicia europea avala que un Gobierno obligue a transmitir fútbol en abierto

Por considerar que se trata de acontecimientos de "gran importancia" para la sociedad

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El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Niilo Jääskinen, ha propuesto este miércoles rechazar el recurso de la FIFA y la UEFA y ha avalado que un Estado miembro obligue a retransmitir en una televisión en abierto los partidos de fútbol de la fase final del Mundial y la Eurocopa por considerar que se trata de acontecimientos de "gran importancia" para la sociedad.

   La sentencia se refiere a los casos de Bélgica y Reino Unido, que obligan a retransmitir en abierto todos los partidos de la fase final del Mundial y de la Eurocopa, en el primer caso; y todos los partidos de la fase final del Mundial, en el segundo. Estas listas recibieron el visto bueno de Bruselas, pero la FIFA y la UEFA recurrieron la autorización ante la justicia europea, que ya desestimó sus argumentos en primera instancia.

   También el abogado general propone rechazar la alegación de la FIFA y la UEFA en el sentido de que la limitación de la retransmisión de manera exclusiva de los acontecimientos deportivos que ellas organizan vulnera su derecho de propiedad. "La medida en cuestión no representa una limitación del derecho de propiedad en el sentido de la Carta de los Derechos Fundamentales", asegura el fallo.

   De acuerdo con la normativa de la UE, recuerda el abogado general, los Estados miembros son los únicos competentes para elaborar las listas nacionales con el fin de garantizar la retransmisión de los acontecimientos de gran importancia para su sociedad en una televisión de libre acceso.

   "En el caso de que estas competiciones sean consideradas por los Estados miembros como acontecimientos de gran importancia para su sociedad, éstos pueden exigir que se retransmitan en una televisión de libre acceso para permitir que el público en general pueda seguirlas", asegura el dictamen.

   Las opiniones del abogado general no tienen carácter vinculante, pero el Tribunal las sigue en el 80% de los casos. Los jueces empiezan ahora a deliberar y la sentencia se dictará en un momento posterior.

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