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Martes 12/11/2024
 
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Sevilla

La exalcaldesa de Algámitas otorgó la licencia ilegal porque era un proyecto de interés turístico

Niega haber cometido delito

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La exalcaldesa de Algámitas (Sevilla) Virtudes Cabello (PSOE), para la que la Fiscalía solicita ocho años de inhabilitación por otorgar licencia provisional de obras para la construcción de cuatro viviendas cuando éstas ya habían sido edificadas en suelo no urbanizable de la localidad, ha asegurado que otorgó la licencia porque los técnicos le dijeron que se trataba de un proyecto "de interés turístico".

   De este modo, fuentes del caso han informado a Europa Press de que, durante el juicio celebrado este miércoles en el Juzgado de lo Penal número 2, la exprimer edil ha asegurado que, cuando accedió a la Alcaldía en el año 2003, el proyecto ya se había iniciado y los técnicos le dijeron que se trataba de una actuación "de interés turístico", lo que le llevó a otorgar la licencia. 

   En la vista oral, el secretario municipal ha rechazado la versión ofrecida por la acusada y ha aseverado, por contra, que "era un proyecto urbanístico puro y duro", mientras que el actual arquitecto municipal ha defendido que, en la actualidad, las obras "son legalizables".

   El juicio no ha podido celebrarse en su totalidad debido a la ausencia de la dueña de la promotora de las viviendas, que debía comparecer como testigo, por lo que la vista oral continuará el próximo día 24 de mayo. 

LOS HECHOS

   En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público relata que la propietaria del paraje conocido como 'Las Hazuelas', ubicado en la carretera SE-9224 del municipio, solicitó al Ayuntamiento la recalificación del suelo, que era no urbanizable, con el objetivo de llevar a cabo en el lugar un proyecto de complejo turístico.

   Asimismo, y con anterioridad a 2005, se alzaron cuatro viviendas en el paraje, "siendo el suelo no urbanizable y careciendo en consecuencia de la preceptiva licencia en el momento de su construcción", aunque no se ha iniciado un procedimiento penal contra la promotora debido a la prescripción de la infracción penal.

   El 19 de febrero de 2005, la arquitecto municipal, a petición de la Alcaldía, hizo una inspección ocular y comprobó la realidad de las cuatro viviendas y, tras ello, emitió un informe en el que "constató la ausencia de licencia", por lo que informó desfavorablemente de su concesión.

   A pesar de dicho informe, la entonces alcaldesa de Algámitas otorgó licencia provisional de obras para las cuatro viviendas "ya conclusas" en su edificación, todo ello "con el fin de normalizar la situación al margen de la legalidad urbanística y a pesar del informe desfavorable de la arquitecto municipal, obviando totalmente la calificación del suelo como no urbanizable".

   Posteriormente, en concreto el 13 de agosto de 2005, el Ayuntamiento, "con la acusada como alcaldesa", adoptó un acuerdo en el que "se comprometía a incorporar al PGOU la ordenación pormenorizada de la Hacienda 'Las Hazuelas', calificando el suelo con el uso global --residencial de baja densidad-- y otorgándole la clasificación que en su caso pudiera proceder en cada momento de tramitación del PGOU, en función del grado de urbanización y cumplimiento de deberes urbanísticos".

   La Fiscalía considera que la acusada es culpable de un delito contra la ordenación del territorio y pide que sea inhabilitada durante ocho años para ejercer empleo o cargo público y el pago de una multa de 12 euros diarios durante 18 meses, así como el abono de las costas judiciales.

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