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Martes 19/11/2024
 

Cádiz

El TC avala que sean delito las amenazas a las mujeres

El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado que se consideren delito las amenazas leves a mujeres por parte de sus parejas o ex parejas, y que por tanto puedan ser sancionadas con pena de cárcel, y no una falta, tal y como se definen estas conductas fuera del ámbito de violencia de género.

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  • El pasado año murieron 121 personas por violencia en el ámbito familiar. -
El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado que se consideren delito las amenazas leves a mujeres por parte de sus parejas o ex parejas, y que por tanto puedan ser sancionadas con pena de cárcel, y no una falta, tal y como se definen estas conductas fuera del ámbito de violencia de género. 

De esta forma, el TC rechaza la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la titular del juzgado de lo penal número 4 de Murcia en relación con el artículo 171.4 del Código Penal, modificado por la Ley Integral contra la Violencia de Género. 

Este artículo establece penas de prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad –de 31 a 80 días– a quien “de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia”. 

También contempla igual pena en relación con las amenazas leves “a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor”. 

La magistrada del juzgado murciano planteaba la posible desproporción y discriminación en que incurría la ley, al sancionar de una forma distinta las amenazas leves por violencia de género, respecto a las que se producen en otro ámbito, que se califican como falta y se sancionan con la localización permanente de cuatro a ocho días del agresor o con trabajos en beneficio de la comunidad de cinco a diez días. 

El Constitucional recuerda que la ley pretende “prevenir las agresiones que en el ámbito de la pareja se producen como manifestación del dominio del hombre sobre la mujer en tal contexto” y proteger a la mujer en un ámbito en el que “el legislador aprecia que sus bienes básicos (vida, integridad física y salud) y su libertad y dignidad mismas están insuficientemente protegidos”. 

Con esta sentencia, el TC resuelve una de las cuestiones de inconstitucionalidad contra este artículo, que también han cuestionado otros diez jueces.

Sólo 1 de cada 5 víctimas de violencia machista denunció a su agresor

Un total de 121 personas murieron en 2008 por actos de violencia doméstica y de género, de las que 90 –el 74%– eran mujeres y, de ellas, 75 fueron asesinadas por sus parejas o ex parejas. 

Son datos del informe realizado por el CGPJ para comprobar si existieron denuncias previas a estos asesinatos y analizar la respuesta que dieron los tribunales, que en el caso de las 75 mujeres asesinadas por sus parejas, sólo el 20% había denunciado. 

En la cifra global de víctimas se incluye tanto las de violencia doméstica –hijos, hijas, madres, padres, abuelos, abuelas, entre otros–, como los de violencia de género o machista, que se desarrolla en el ámbito de la relación de pareja o ex pareja. 

El informe llama la atención sobre el hecho de que en cuatro de cada diez casos, tanto el agresor como la víctima tenían una edad inferior a los 36 años. Entre las víctimas de la violencia doméstica del pasado año, 15 eran menores de edad.

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