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Martes 19/11/2024
 
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sociedad

Indemnizan por los 11 fallecidos en el incendio de Guadalajara de 2005

La Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha ha dictado resoluciones estimatorias de las solicitudes efectuadas al amparo de la Ley 3/2013 de 9 de mayo, de compensación a las víctimas del incendio de Riba de Saelices de 2005, también conocida como Ley de Caso Único

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La Consejería de Agricultura de Castilla-La Mancha ha dictado resoluciones estimatorias de las solicitudes efectuadas al amparo de la Ley 3/2013 de 9 de mayo, de compensación a las víctimas del incendio de Riba de Saelices de 2005, también conocida como Ley de Caso Único. Concretamente, se conceden las indemnizaciones previstas en el anexo 1, de manera que a las viudas se las indemniza en 112.732,00 euros, a los padres en 103.337,63 euros, y a los huérfanos en 46.971,65 euros.

   Según ha podido confirmar Europa Press en fuentes de los propios organismos encargados de las mencionadas compensaciones, las indemnizaciones han sido concedidas a las once familias afectadas "a pesar de que dos de las familias de los 11 fallecidos no participaron en las demandas y protestas que la Asociación de Familiares (formada por 9 familias) protagonizó durante los últimos años".

   En ese sentido, los abogados de la Asociación citada se han mostrado "muy satisfechos con la diligencia demostrada por la Consejería en la tramitación y resolución de los expedientes, y fundamentalmente, con el hecho de que todas las familias de los fallecidos se hayan visto beneficiadas, lo que supone una clara asunción de lo que recoge la exposición de motivos de la Ley".

   En dicha Ley se señala que el fuego estaba permitido en barbacoas, pese a las adversas circunstancias climatológicas conocidas con anterioridad en el sentido de que el año 2005 sería un año hidrológico extremadamente seco y cálido, y la sequía de ese año la más severa desde hacía cerca de sesenta años y estar en época de peligro alto de incendio forestal.

   También se señala en la Ley que desencadenado el incendio se incorporaron una serie de medios que se demostraron ineficaces para su control, ya que en el caso de que el fuego hubiera sido normal los medios que se pusieron en marcha inicialmente habrían sido suficientes para controlarlo, pero al tratarse de "un señor incendio" fue imposible hacer frente al mismo con el pronto ataque, señalándose igualmente que el proceso de extinción hubiese precisado de mayor atención en lo que respecta a la coordinación de medios humanos y materiales.

   Igualmente se recoge en la exposición de motivos que los anteriores responsables del Gobierno regional de la Junta intentaron llegar a un acuerdo con las familias afectadas en las que trataban de pedir expresamente perdón a los familiares por los errores u omisiones que se hubieran podido cometer en el proceso de extinción del incendio, y trataban de pedir expresamente perdón por todas aquellas actitudes mantenidas desde el día de los hechos y que hubieran podido agravar el dolor de los familiares de las victimas.

UN ANTES Y DESPUÉS DEL INCENDIO

   Se reconoce en dicha Ley que hay un antes y un después del incendio de 2005 en el abordaje de los procesos de extinción de incendios y que "la Asociación de Familiares de los Fallecidos en el incendio de la Riba había llevado a cabo un camino de lucha incansable y admirable, con el que se contribuyó a que en España se haya producido un giro de 180º en el modo de afrontar la extinción de incendios forestales, con una ampliación de medios francamente importante y un cumplimiento de los protocolos con mayor profesionalidad que en la fecha en que ocurrieron los hechos".

   En consecuencia los Letrados de la Asociación muestran su satisfacción porque su trabajo haya servido para reafirmar su argumentos y, para que hayan sido indemnizados todos los afectados  "incluidos los que decidieron mantener una actitud pasiva durante los años señalados, y el hecho de que todos hayan decidido acogerse a la Ley, supone, sin duda, un claro reconocimiento al trabajo llevado a cabo por las nueve familias que se personaron en el procedimiento penal, y llevaron a cabo reclamación de Responsabilidad Patrimonial".

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