El tiempo en: Aljarafe
Martes 19/11/2024
 

Almería

Estado y Junta subrayan que la licencia del Algarrobico vulnera la ley y lo ven \"cosa juzgada\"

Tras remarcar que estos fallos \"tienen potencia para influir en el sentido de fallo\" que vaya a dictar la sala y avalan \"totalmente el razonamiento del juez\" de Almería que dictó la resolución de septiembre de 2008 por la que se apuntó la nulidad de la licencia

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • EL ALGARROBICO -

Abogacía del Estado y Junta de Andalucía han interesado este martes que se confirme "íntegramente" la sentencia que ordena la revisión de oficio de la licencia concedida por el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) para la construcción del hotel de Azata del Sol en El Algarrobico y han remarcado que el permiso municipal aprobado en 2003 es "contrario" a las normativas sectoriales en materia de Costas y medioambiental.

   En la vista oral que se ha celebrado en audiencia pública ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el letrado de la Abogacía del Estado ha indicado que la sala "no tiene más remedio" que declarar nulo de pleno derecho el acto administrativo por el que se aprobó la licencia ya que concurren los requisitos para considerar que la mercantil adquirió derechos contra el ordenamiento jurídico.

   Al igual que el letrado de la Junta, ha hecho hincapié en que la vulneración de la Ley de Costas "es cosa juzgada" al existir tres sentencias en firme del Tribunal Supremo (TS) que sostienen que la servidumbre del dominio público marítimo-terrestre en la franja costera en la que se levanta el establecimiento de 20 plantas y 411 habitaciones es de 100 metros y, por tanto, la construcción la invade de forma parcial.

   Han remarcado, asimismo, que estas resoluciones "tienen potencia para influir en el sentido de fallo" que vaya a dictar la sala y avalan "totalmente el razonamiento del juez" de Almería que dictó la resolución de septiembre de 2008 por la que se apuntó la nulidad de la licencia.

   En el mismo sentido se ha pronunciado el letrado de la Junta, quien ha subrayado que se está "ventilando" si el citado permiso de obras "incumple" en materia de Costas y ambiental, y en este último caso, ha recordado que se trata de un "debate estéril" ya que, por sentencia de junio de 2012, está publicada en BOJA la calificación del suelo sobre el que se asienta el hotel como "espacio protegido no urbanizable".

   Si bien ninguna de las dos administraciones, ni estatal ni autonómica, han hecho alusión a la demolición de lo edificado en el paraje enclavado en pleno parque natural de Cabo de Gata-Níjar, sí la ha interesado subsidiariamente el abogado de las asociaciones conservacionistas Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar, José Ignacio Domínguez, quien ha recordado que en los recursos que dieron lugar a la sentencia ahora en litigio se solicitaba que se condenase al Ayuntamiento de Carboneras a revisar de oficio la licencia concedida en enero de 2003, se paralizasen las obras --como así ocurrió en 2006-- y se iniciase el expediente para "la demolición de lo construido y la restablecimiento de la legalidad urbanística por ser las obras ilegales e ilegalizables".

   Domínguez, quien ha sido el último en exponer las alegaciones ante el tribunal, ha advertido de que el alcalde carbonero, Salvador Hernández (Gicar), ya ha trasladado su intención "públicamente" de "hacerlo aunque declarando la validez de la licencia" por lo que de que ha reclamado al tribunal que vaya "más lejos" y no acote el fallo a obligar a la revisión de oficio del acuerdo de comisión de gobierno por el que se autorizaba la edificación del hotel de Azata del Sol, .

   En la audiencia pública, que ha contado con la asistencia de simpatizantes de Greenpeace que vestían camisetas con el logo del colectivo conservacionista y que ha quedado vista para sentencia después de poco menos de dos horas y media, el Ayuntamiento y la mercantil Azata también han coincidido, en este caso, para cuestionar la competencia del magistrado que dictó la sentencia en discusión, Jesús Rivera, para pronunciarse sobre la normativa urbanística que "amparó" la concesión de la licencia, que correspondería al TSJA según han dicho, y defender su actuación como "irreprochable".

"20 AÑOS DE CONFORMIDAD DE JUNTA"

   También han coincidido en arremeter contra la Junta, que, según ha destacado el letrado del Consistorio, "ha estado más de 20 años prestando conformidad a las normas de planeamiento urbanístico relativas al hotel sin ningún tipo de impugnación ni deslegitimización de las Normas Subsidiarias o del Plan Parcial del Sector ST-1" del paraje del Algarrobico sobre el que se levanta el hotel".

   En esta línea, ha expuesto que no procedería obligar a revisar el permiso de obras concedido a Azata ya que ni esta ni ninguna de las herramientas urbanísticas que precedieron a su aprobación "fueron impugnadas en tiempo y forma" y, por tanto, serían "firmes". Ha remarcado el abogado municipal que "cumplía los requisitos reglados" por ley y "no había motivo alguno para no concederla" al tiempo que ha argüido que si el tribunal ordena su revisión sería "contraria a los principios de equidad y buena fe en función del principio de seguridad jurídica".

   "No se puede estar cambiando a una cosa u otra porque las Normas Subsidiarias en las que se basó están aprobadas por la Junta", ha apuntillado. Ha indicado que "no se puede achacar" al Ayuntamiento que incumpliese la normativa medioambiental ya que el Algarrobico era "área urbanizable" en el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata de 1994 como "así lo reconoció y ratificó la Junta" al aprobar las citadas normas, lo que no obstante entra en contradicción con lo dicho en firme en junio de 2012 por el Alto Tribunal andaluz, que considera que era "espacio protegido no urbanizable".

   Por su parte, el abogado de Azata ha realizado un extenso alegato para justificar la "legalidad de la licencia", en el que ha reiterado, pese a la jurisprudencia en torno al caso, que "es absolutamente incierto" que el Plan Parcial del sector ST-1 "tuviese que estar sometido a la Ley de Costas" en lo que califica de "error incompresible" del magistrado Rivera. Ha remarcado además que cuando la sociedad adquirió los terrenos en 1999 a otras dos mercantiles, los vendedores, entre ellos "la Junta", dijeron que el suelo "no estaba sujeto a ninguna limitación que resultara del parque natural".

   "Con esa información en la compra había la firme creencia de que la ampliación del espacio protegido no afectaba al sector ST-1 y además en la documentación informativa de la Junta se establecía que ese suelo correspondía a zona D2 o áreas urbanizables".

AZATA, "VÍCTIMA DE IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS"

   En este punto, y tras entrar en consideraciones acerca una "supuesta extralimitación" del juez de Almería y acerca de la demora o incumplimiento presunto de plazos por parte del ministerio para ejecutar el deslinde en la franja litoral de El Algarrobico y de los recurrentes para impugnar la licencia, el letrado de la promotora ha lamentado que la "víctima" de "todas estas irregularidades" haya sido "una sociedad inversora que no ha ido a Almería a buscar problemas y que está sufriendo las gravísimas consecuencias de tanta irracionalidad".

   "Se ha acusado como un defecto el no haberse revisado el plan parcial de acuerdo a la disposición adicional tercera de la Ley de Costas --ya derogada-- cuando lo cierto es que esa revisión directa la deberían haber hecho Ayuntamiento y Junta de Andalucía. Nadie actuó y se dejó a Azata en una situación de extrema debilidad", ha apuntillado.

   Por último, tanto el abogado de Azata, que ha sostenido que "los vicios" de la sentencia obligan a su revocación, como el del Ayuntamiento, han cuestionado al magistrado Jesús Rivera por señalar en septiembre de 2008 que la "licencia es nula" cuando "era materia ajena" a su competencia y han rechazado "radicalmente" lo que estiman como "descalificaciones" ya que reprochó a Junta y Ayuntamiento "una burda maniobra para orillar" la declaración de suelo protegido no urbanizable del suelo.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN