El Ayuntamiento de Sevilla envió el 5 de febrero inspectores de Urbanismo a las Atarazanas, propiedad de la Junta de Andalucía, tras comprobar en su Registro que no había pasado la ITE en el plazo límite de noviembre de 2009, por lo cual puede imponerle una sanción de 6.000 euros si califica la infracción como muy grave. Además de a la Junta, está incoando expedientes sancionadores a propietarios de otros edificios sin ITE, a los que estaría proponiendo multas de unos 4.500 euros. Paradójicamente, hay edificios municipales cuya ficha en Urbanismo figura en blanco como muestra de que no han sido sometidos o no han superado la inspección técnica.
La Ordenanza sobre Inspección Técnica de Edificios (ITE) fue aprobada por el Pleno municipal el 25 de mayo de 2000. En su artículo 6º obliga a la constitución de un Registro Informatizado de la misma en la Gerencia de Urbanismo con carácter público y en el que deben constar, como mínimo, la identificación de cada inmueble mediante su referencia catastral, dirección y número de gobierno; año de construcción; protección asignada en el planeamiento; número de expediente asignado e informe de la ITE presentado con una serie de parámetros.
Al ser de acceso público, cualquier ciudadano puede verificar la ITE de cualquier edificio de Sevilla desde el siguiente enlace a la página web de la Gerencia de Urbanismo: http://www.sevilla. org/urbanismo/test2012/Menu08.asp
Hemos buscado los datos de inspección de ocho edificios municipales de distinta naturaleza y ubicación a modo de sondeo sobre el grado de cumplimiento por parte del Ayuntamiento de su propia Ordenanza: la sede del Consistorio en la Plaza Nueva, el edificio municipal de la calle Pajaritos, la sede del Distrito de Triana, el antiguo mercado de la Puerta de la Carne, el teatro Lope de Vega, el mercado del Arenal, la sede del Servicio de Estadística (calle El Jobo) y la estación de autobuses del Prado de San Sebastián.
La fecha límite de la presentación de la ITE en seis de estos inmuebles, conforme al dato que aparece en sus fichas, era el 6 de noviembre de 2009, acorde con los plazos establecidos en la Disposición Transitoria Única de la Ordenanza: edificios protegidos o cuyo año de construcción sea anterior o hasta 1929. Pue bien, el apartado del estado de tramitación de la ITE en la ficha de estos seis inmuebles está en blanco salvo en el caso del mercado del Arenal, para el que se acredita la realización de la inspección el 26 de abril de 2013, con casi cuatro años de retraso sobre el plazo establecido. Se le da como fecha de renovación para la siguiente ITE el 31 de diciembre de 20120.
Mercado del Arenal
La ficha del mercado del Arenal demuestra que todos los edificios de Sevilla sin excepción, aunque sean de titularidad pública, deben pasar y superar la ITE, pero no aclara la sanción que Urbanismo habría debido imponer al gobierno municipal por estos cuatro años de demora, en línea que la que podría aplicar a la Junta de Andalucía por su dejación en las Atarazanas y a todos los sevillanos a los que se ha expedientado por no cumplimentar este trámite.
Dos edificios municipales de los consultados en la página web, el antiguo mercado de la Puerta de la Carne y la estación de autobuses del Prado de San Sebastián, tienen fijada como fecha límite para la ITE el 6 de julio de 2012, dado que conforme a lo establecido en la Ordenanza su fecha de construcción está comprendida entre 1930 y 1954.
Las fichas de ambos también figuran en blanco. Más significativo aún en el caso del antiguo mercado es que el Ayuntamiento convocó un concurso público para su adjudicación a una empresa privada pese a que no ha pasado la Inspección Técnica.
Igualmente, el Consistorio ha alegado el mal estado de la estación de autobuses del Prado de San Sebastián en su conflicto con la Junta por cambiarla de uso, pero tampoco consta que pasara la ITE, cuya consecuencia debería ser la reparación inmediata de los desperfectos detectados.
En ninguno de los siete casos en que la ficha aparece en blanco como no realizada la inspección pese a los años transcurridos desde la fecha límite consta la incoación de expedientes sancionadores.