La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado de lo Penal de la capital en la que se condenó a un hombre por echar a empujones a su madre, de 77 años, de la vivienda en la que conviven. Asimismo, también se ratifica la prohibición impuesta al acusado de acercarse o comunicarse con la mujer durante un periodo de dos años.
Los hechos sucedieron en julio de 2013. El acusado, según declaró probado en su momento el juzgado y se recoge en la sentencia de apelación de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, mantuvo una discusión con su madre en la casa y en un momento determinado la agarró de la ropa "obligándola a bajar la escalera" de la vivienda.
De esta forma, "dándole empujones", el hombre sacó a la calle a su madre y cerró la puerta de la vivienda con llave, por lo que agentes de la Policía Nacional tuvieron que intervenir para que la mujer pudiera regresar al domicilio "ante la negativa del acusado" a que lo hiciera, según se señalaba en la sentencia recurrida y ahora confirmada.
Por estos hechos, se le condenó por un delito de malos tratos en el ámbito familiar y se le impuso la pena de siete meses y 15 días de prisión y privación del derecho a portar armas durante dos años y un día, así como cuatro días de localización permanente por una falta de coacciones. Se le prohíbe acercarse a su madre o a su casa a menos de 100 metros o comunicarse con ella durante dos años.
Contra esta resolución, la defensa presentó un recurso, que la Sala rechaza, recordando que la declaración de la víctima ha sido considerada "crucial" por ser una testifical "contundente y verosímil"; así como la de un agente de Policía Nacional que explicó que la mujer estaba en la calle y no podía entrar. Además, estima que la sentencia recurrida tiene motivación suficiente.
El Tribunal incide en que se trata de unos hechos protagonizados por un hijo "contra su propia madre", a la que "obligó a salir de su casa por la fuerza", dándole empujones, lo que se considera un maltrato, aunque no le causara lesión. Asimismo, se insiste en que las pruebas fueron valoradas de forma adecuada por la jueza y no se aprecia error.