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Jueves 14/11/2024
 
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Sevilla

La ley impide bonificar multas

Juan Espadas no podrá ejecutar uno de sus primeros anuncios porque la norma impide rebajar la sanción en un 50%

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  • Policía -

Juan Espadas no podrá cumplir el anuncio realizado en la Jefatura de la Policía Local de rebajar en un 50 por ciento las multas de tráfico que los agentes impongan a los sevillanos, siempre que se trate de la primera sanción del año y de que la infracción sea de carácter leve, porque medidas de este tipo quedaron abolidas en la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 2009, según le recuerda el presidente de Automovilistas Europeos Asociados, Mario Arnaldo.

Arnaldo rememora que como en la ley se estipulaba que las infracciones leves serían sancionadas con multas de hasta 100 euros y los ayuntamientos podían desarrollar el texto del artículo mediante su propia ordenanza de Tráfico o Circulación, los alcaldes jugaban con la palabra “hasta” y decidían rebajas sin sobrepasar el límite del centenar de euros.

Reforma del Código
Desde mayo de 2010, sin embargo, esto ya no es posible porque en el Parlamento se aprobó una reforma a fin de evitar que una misma infracción al Código de la Circulación pudiera tener una sanción distinta según el lugar donde se hubiera cometido, y a fin de equiparar a todos los municipios del territorio nacional, por lo que de facto quedaron prohibidas las bonificaciones, rebajas, aminoraciones… en general de la cuantía de la sanción por infracción de carácter leve.

En las multas por infracciones graves o muy graves, el legislador no había dejado lugar a  ningún tipo de interpretación o de margen de maniobra por parte de los ayuntamientos, ya que fijó sanciones de 200 y 500 euros, respectivamente, sin que mediara la palabra “hasta” que posibilitaba aplicar determinadas rebajas.

Multas incrementadas
No sólo no se pueden rebajar las sanciones por infracciones leves de tráfico, sino que la única opción posible es justo la contraria: se podrán incrementar en un 30 por ciento en atención a la gravedad y trascendencia del hecho, los antecedentes del infractor, su condición de reincidente, el peligro potencial creado por él mismo y para los demás usuarios de la vía y el criterio de proporcionalidad.

Mario Arnaldo comparte y apoya el espíritu de la iniciativa del alcalde de Sevilla, pero al tiempo de ratificar que es ilegal desde hace cinco años,  plantea “si no vamos a tener que quitarles puntos a nuestros parlamentarios y políticos en general, por su desconocimiento de las normas que ellos mismos aprueban y de su aplicación”.

Arnaldo lamenta que Espadas no hubiera alzado la voz cuando no era alcalde sobre el artículo que permite incrementar las multas, la única opción posible ahora, en un 30 por ciento.

Medidas recaudatorias
“Nosotros -afirma- protestamos contra esa ley y nos dejaron solos. Es la demostración del afán recaudatorio de nuestros gobernantes a costa de los automovilistas. Ahora no nos vale con que un político llegue a la Alcaldía o a otro cargo e intente congraciarse con los ciudadanos anunciando rebajas o bonificaciones, cuando no dijo nada ante el abuso del incremento del 30 por ciento, que no tenía más objeto que engordar las arcas públicas”.

Mario Arnaldo apoya medidas como la que plantea Espadas, que obligarían a cambiar la ley, porque a su juicio hay que ser indulgentes con quien comete un primer error de tipo leve y perseguir y ser implacables con los “garbanzos negros” que con su conducta temeraria e irresponsable ponen en riesgo a los demás y a ellos mismos.

Sólo permite incrementarlas

La reforma introducida en la Ley de Tráfico permite incrementar las multas hasta en un 30 por ciento según la gravedad y trascendencia del hecho, los antecedentes del infractor, su condición de reincidente, el peligro potencial ocasionado y el criterio de proporcionalidad.

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