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Juanele es absuelto de quebrantar la orden de alejamiento de su expareja

La sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón indica que "no existe prueba de cargo que, yendo más allá de las meras conjeturas, suposiciones y sospechas, permita sentar la conclusión de que el acusado cometió los hechos que se le imputan"

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El exfutbolista del Sporting Juan Castaño Quirós, Juanele, ha sido absuelto en el juicio en el que estaba acusado de quebrantar la orden de alejamiento sobre su expareja, al considerar el juez que no está acreditado que depositara una carta en la peluquería que regenta la mujer en Gijón.

La sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón indica que "no existe prueba de cargo que, yendo más allá de las meras conjeturas, suposiciones y sospechas, permita sentar la conclusión de que el acusado cometió los hechos que se le imputan".

La mujer había interpuesto el pasado 21 de junio una denuncia contra Juanele por quebrantamiento de orden alejamiento tras encontrar la víspera una carta manuscrita junto a la puerta de su peluquería, así como el limpiaparabrisas de su coche roto.

El exfutbolista fue condenado a principios del mes pasado a cinco meses de prisión y a tres años de libertad vigilada consistente en sometimiento a tratamiento médico ambulatorio por su patología psíquica por pegar a su expareja con un bate de béisbol.

Aquel fallo, que reconocía la eximente incompleta de alteración mental, le imponía también la prohibición de acercarse a su expareja a menos de 200 metros durante tres años, una orden de alejamiento que el juez no considera probado que haya quebrantado.

La sentencia no considera acreditado que la carta "hubiese sido depositada por el acusado en dicha fecha, así como tampoco consta acreditado que el acusado hubiese infringido dicha prohibición en la madrugada del día 20 de junio de 2015".

El fallo advierte de que "no hay el menor vestigio" de la rotura del limpiaparabrisas y considera que "del tenor del escrito cabe inferir que su elaboración es muy anterior a la fecha en que refiere la denunciante", tal y como alegó el acusado durante el juicio.

A este respecto, detalla que la carta incluía expresiones como "....tu me dices que seamos amigos pero no puedo ser amigo de una persona a la que aprecio..."; "...yo a ti nunca te olvidaré y puedes contar conmigo pero de momento es mejor a distancia, esto es muy reciente..." o "...yo seguiré mi camino...".

El remitente también expresaba su deseo de que la mujer leyera la carta ese mismo día.

Según el juez, tal afirmación es "incompatible con el hecho de depositar el escrito un sábado, cuando la peluquería estaba cerrada y con un cartel 'abrimos nuevamente el 7 de julio'".

Además, añade que uno de los testigos propuestos por la denunciante dijo que en el momento en que encontraron la carta, sobre las 21:15 horas, era no noche, cuando en el mes de junio anochece más tarde.

El exfutbolista de equipos como el Sporting, el Tenerife o el Real Zaragoza admitió durante el juicio ser el autor de la nota manuscrita, pero aseguró que fue enviada inmediatamente tras la ruptura sentimental en enero pasado.

La Fiscalía solicitaba para Juanele diez años de prisión, mientras que la acusación particular elevaba su petición a doce meses.

No obstante, el juez considera que los hechos imputados no han quedado acreditados, por lo que dicta sentencia absolutoria, tal y como pedía su defensa.

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