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Sábado 16/11/2024
 

Provincia de Granada

La Audiencia archiva provisionalmente otra causa contra el exalcalde de Atarfe por su estado de salud

Sánchez se enfrenta a una petición fiscal de siete años de cárcel y 25 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por este caso

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La Audiencia de Granada ha acordado archivar provisionalmente la causa contra el exalcalde de Atarfe (Granada), el socialista Víctor Sánchez, en la que está acusado de prevaricación urbanística por la operación vinculada a la construcción de la urbanización Medina Elvira Residencial y el campo de golf anexo debido al estado de salud del exregidor.

   Sánchez se enfrenta a una petición fiscal de siete años de cárcel y 25 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por este caso, cuyo juicio sí celebrará del 8 al 17 de septiembre en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada contra el resto de los acusados.

   Se trata del arquitecto municipal de Atarfe y el secretario del Consistorio --para los que la Fiscalía pide las mismas penas que para Sánchez-- y del representante legal de la entidad mercantil Vladigolf S.A y Nadasol, que se enfrenta a una pena de cuatro años de cárcel, multa de 64.800 euros y tres años de inhabilitación para profesión u oficio.

   En un auto fechado el 3 de septiembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia de Granada acuerda archivar provisionalmente la causa respecto de Víctor Sánchez, con una dolencia cardiaca, "hasta en tanto recupere la salud necesaria para el afrontamiento del juicio oral o, en su caso, concurra causa de extinción de la responsabilidad criminal".

   El tribunal toma esta decisión atendiendo al informe del médico forense que ha reconocido al exregidor y en el que se expone que su estado físico ha empeorado desde la última vez que se le hizo una exploración, el pasado 6 de marzo de 2014. Por ello, considera "contradictoria su declaración en estrado y presencia en juicio oral en varias sesiones" como sería el caso.

   Aconseja el informe su "declaración domiciliaria y en una sola sesión, debiendo adoptarse en ese caso medidas que aseguren su asistencia médica", dado que no se puede descartar que "ante un factor estresógeno se pudiera desencadenar una crisis de descompensación de sus cifras de tensión arterial, alteraciones del ritmo e irrigación cardíacas e incluso posibilidad de ruptura del aneurisma abdominal".

   Ecologistas en Acción, en el ejercicio de la acusación popular que ejercerá el abogado Carlos Castresana, confiaba en una resolución similar a la acordada recientemente para Julián Muñoz por la Audiencia de Málaga, permitiéndole ausentarse del juicio y seguirlo por videoconferencia.

   De hecho, la acusación se ha venido oponiendo a la decisión de la Audiencia de dictar el sobreseimiento provisional de la causa contra el principal acusado --ya ha ocurrido en otros dos procesos-- por entender que garantiza su impunidad y que se está aplicando una norma prevista para supuestos de demencia a un acusado con una patología cardiaca.

LA CAUSA

   Esta causa, en la que Víctor Sánchez está acusado de los delitos de prevaricación urbanística, prevaricación administrativa y falsedad documental, con una petición fiscal de siete años de cárcel, multa de 43.200 euros y 25 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, aborda la operación vinculada con la construcción de la urbanización Medina Elvira Residencial y el campo de golf anexo.

   Según consta en el escrito de acusación provisional de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, el entonces alcalde y el resto de los acusados "se concertaron mutuamente" y elaboraron "un plan" para, con vulneración de la legislación urbanística, llevar a cabo una operación inmobiliaria referida a la tramitación y ejecución del plan parcial SR-20 de Atarfe.

   El objetivo fue supuestamente incrementar al máximo la edificabilidad y la densidad permitida legalmente para obtener de estos terrenos, que fueron adquiridos por la mercantil Vladigolf, el máximo aprovechamiento urbanístico, a lo que intentaron dar una cobertura legal mediante diversos planeamientos urbanísticos.

   Durante el proceso de tramitación, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo resaltó una serie de subsanaciones que habían de llevarse a cabo pero que fueron eludidas y transgredidas en el desarrollo posterior del sector.

   De hecho, en septiembre de 2003 el Ayuntamiento aprobó de forma definitiva el plan parcial SR-20 'Cortijo de Armengol', sin que se hicieran constar por el secretario las subsanaciones impuestas por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio, por lo que no se incluyeron, además el Plan Parcial no se publicó.

   A partir de 2005, y tras obtener los diferentes proyectos la aprobación en pleno, la mercantil Vladigolf S.A y otras empresas fueron realizando en la zona denominada 'Regadíos del Cubillas' obras de edificación de la urbanización Medina Elvira Residencial --prevista para 3.500 viviendas, un campo de golf de 18 hoyos anexo a la urbanización, la creación de una depuradora en el anejo de Caparacena y otras obras--, así como la construcción de un hotel en la zona denominado Cortijo Hotel Escuela Armengol.

   Según señala el relato del fiscal, se realizaron obras de urbanización fuera del perímetro del SR-20 que afectaban a espacios libres especialmente protegidos y asentados en suelo no urbanizable, como la creación de edificios con 72 viviendas y la Casa Club del campo de golf, que cuentan con licencia municipal.

   Estas obras se amparan en proyectos de urbanización y reparcelación en los que se define el terreno como urbanizable, una "extralimitación" que fue posible porque, según el Ministerio Público, "se ha alterado conscientemente la planimetría presentada por la empresa Vladigolf para el sector, con el acuerdo y el consentimiento de los otros acusados", esto es, el exregidor de Atarfe, el arquitecto municipal y el secretario del Consistorio.

   Así se aluden a diversas gestiones supuestamente irregulares como la certificación, por parte del arquitecto municipal, de una edificabilidad de 417.697 metros cuadrados frente a los 161.800 que fija el informe preceptivo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio, mientras que casi se triplicó la edificabilidad.

   Entre 2006 y 2007 se fueron concediendo las licencias de obras y aunque quedan todavía ocho parcelas de las 23 en las que se subdividió el sector que no han solicitado licencia, con las otorgadas se ha sobrepasado ya el máximo de 1.024 viviendas fijado en el Plan Parcial, pues se han concedido licencias urbanísticas para la construcción de 1.574 viviendas.

   En definitiva, el Ministerio Público considera que los acusados han llevado a cabo un desarrollo del SR-20 de Atarfe contrario a lo establecido en cualquier normativa de planeamiento vigente y mediante la utilización de estudios de detalle, un instrumento de planeamiento "sin control alguno", han vulnerado la legalidad.

   Todas las actuaciones se han realizado con los informes técnicos y jurídicos del arquitecto municipal y del secretario del Consistorio, según mantiene el fiscal, quien considera que los hechos relatados son constitutivos de delitos de prevaricación administrativa, prevaricación urbanística, de construcción ilegal, de falsedad en documento oficial y de otro delito de falsedad documental.

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