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El CGPJ dice que no hubo "engaño" por parte de Garzón en sus cobros en EEUU

El servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cree que no hubo ?engaño? o ?falta de verdad? por parte del juez Baltasar Garzón al órgano de gobierno de los jueces sobre sus retribuciones durante su estancia en Estados Unidos.

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El servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cree que no hubo “engaño” o “falta de verdad” por parte del juez Baltasar Garzón al órgano de gobierno de los jueces sobre sus retribuciones durante su estancia en Estados Unidos.

Así lo indica la Inspección en un informe en el que propone a la comisión disciplinaria que archive la denuncia del abogado Antonio Panea –a la que se adhirió José Luis Mazón– por considerar prescritos los hechos denunciados y que Garzón “no ha cometido falta alguna”.

Esta propuesta será estudiada por la comisión disciplinaria del CGPJ el próximo martes, según informaron fuentes del órgano de gobierno de los jueces.

El pasado 9 de marzo, el Tribunal Supremo archivó la querella por cohecho que Panea había presentado contra Garzón por estos hechos, pero remitió el caso al CGPJ para que investigara si no haber comunicado a este órgano el cobro de 203.000 dólares en concepto de sueldo de la Universidad de Nueva York entre 2005 y 2006 podía constituir una falta disciplinaria.

Garzón alegó ante el Consejo que en el momento en el que solicitó la licencia por estudios –que se prolongó de marzo de 2005 a junio de 2006– las retribuciones no estaban fijadas.

Al respecto, el informe de la jefa del servicio de Inspección, Virginia García, señala que en la solicitud del juez se colige “de forma muy clara” que la Universidad le iba a retribuir por “las actividades de docencia e investigación” para las que se pedía la licencia, “sin perjuicio de que no se especificara la cantidad que se le iba a abonar, dado que en el momento en el que tiene lugar la solicitud no se conocía”.

“Sin que después se solicitara por la comisión permanente aclaración alguna al respecto ni se requiriese a Garzón para que precisara el importe de dicha retribución, por lo que en ningún caso existe el engaño o falta de verdad que exige la norma para que se aprecie la comisión de la falta”, añade.

El informe recuerda que las faltas muy graves prescriben a los 2 años, por lo que habiendo finalizado la licencia concedida al juez el 30 de junio de 2006, presentándose la correspondiente memoria el día 20 del mismo mes y teniéndose por presentada por la comisión permanente el 11 de julio siguiente, sin objeción alguna, la falta habría prescrito el 11 de julio de 2008.

Es decir, “con anterioridad a la presentación de la denuncia de Panea en este Consejo”, el 11 de noviembre de 2008.

El abogado también denunció que la situación de Garzón era incompatible con el desempeño de empleo retribuido al servicio de terceras entidades esponsorizadas por el Grupo Santander, incompatibilidad que para Inspección no se produce.

El abogado acusaba a Garzón de haber recibido durante su estancia en Nueva York 1,7 millones de dólares del Banco Santander, mientras investigaba una causa relacionada con esta entidad, por lo que alegó que debía haberse abstenido de ésta, pero la Inspección recuerda que el Supremo descartó vinculación alguna entre la citada entidad y el juez.

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