El cónsul de Ginea Bissau en Murcia, Juan Francisco H.P., acusado de estafar a unos empresarios más de 120.000 euros en la compraventa de su sociedad, que atravesaba por dificultades económicas, niega haberse ofrecido a invertir en la empresa, haberse presentado como empresario influyente con fondos en bolsas europeas, así como haber recibido esa cantidad y haber facilitado contactos con inversores.
Según el cónsul, no se ofreció a invertir en la empresa, al contrario, fueron los empresarios los que contactaron con él "para conseguirles financiación para poder reflotar el negocio".
Así se desprende de su declaración ante el juez, a la que ha tenido acceso Europa Press, y en la que asegura, asimismo, que se firmó un contrato de compraventa "en última instancia" porque los denunciantes necesitaban "poder acreditar que estaban haciendo el negocio para retrasar la ejecución de sus bienes y poder ganar tiempo".
Sobre el contrato, reconoce su firma pero manifiesta que éste se firmó con posterioridad y no en la fecha señalada a petición de los denunciantes "para poder evitar el concurso", tras lo que niega, a preguntas de la acusación particular, ejercida por el abogado Raúl Pardo-Geijó, haber recibido "cualquier tipo de ingreso o percepción de los denunciantes". Además, el cónsul de Ginea Bissau en Murcia afirma que él nunca iba a invertir y que iba como gestor.
Cabe recordar que el Juzgado de Instrucción número 6 de Murcia abrió diligencias contra el cónsul de Ginea Bissau, ante la denuncia de dos empresarios, que indicaban que los hechos tuvieron lugar en 2013 y que el acusado "los utilizó de forma engañosa con la promesa de compra de una empresa aparentando ser un influyente hombre de negocios que realizaba importantes operaciones económicas".
Esto produjo error en los denunciantes "y la creencia de que para ello era preciso la gestión de una garantía bancaria sobre los altos fondos del denunciado, llegando incluso a firmarse, posteriormente un contrato de compra sobre la mercantil", añade, induciéndole a realizar la entrega de varios importes "para sufragar los gastos de la garantía bancaria que permitirían al denunciado obtener liquidez para la compra de la mentada entidad".