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Córdoba

Absuelto acusado de construir sin licencia sobre suelo no urbanizable

Construyó cuadras y un picadero e instalar una plaza de toros desmontable, en la localidad cordobesa de Priego de Córdoba

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El Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba ha dictado una sentencia por la que absuelve a un hombre que estaba acusado de un delito contra la ordenación del territorio, tras supuestamente construir sin licencia sobre terreno no urbanizable cuadras y un picadero e instalar una plaza de toros desmontable, en la localidad cordobesa de Priego de Córdoba.

Según recoge la resolución judicial, a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado considera probado que entre finales de 2008 y mediados de 2009 el varón promovió la construcción, "sin licencia, ni autorización alguna", de 25 nuevas cuadras y la transformación de otras cuatro existentes en diez nuevas más, ubicadas junto al margen derecho de un arroyo.

Dichas obras se encontraban "próximas al punto de coronación del talud del cauce", según precisa el juez, quien señala que también fue construido, "sin licencia alguna, ni autorización", un picadero y se instaló una plaza de toros desmontable, "ocupando la zona de Policía del arroyo".

Al respecto, la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, a través de la Dirección General de Inspección Urbanística, informó con posterioridad a la entrada en vigor del decreto de la Junta de Andalucía de 2012, que conforme a lo dispuesto en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y las normas subsidiarias aplicables al Ayuntamiento y con aplicación del reglamento de planeamiento urbanístico municipal, "las obras realizadas se sitúan en suelo no urbanizable de valores agrícolas y rurales".

Además, apuntaba que "se encuentran en zona de Policía del cauce del arroyo y se han realizado sin la preceptiva autorización del organismo de cuenca". Pese a ello, el juez indica que "dichas obras pueden ser autorizables con informe favorable del organismo de cuenca y el correspondiente proyecto de actuación".

En este sentido, el magistrado explica que "no queda debidamente acreditado que el acusado haya cometido las infracciones penales de las que se le acusa", a lo que añade que el procesado "reconoció" que se llevaron a cabo las construcciones "hacia el sentido contrario al cauce", después de que "el técnico del Ayuntamiento le dijo que eran obras menores y se tramitó el expediente ante la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir", pero que "se hicieron sin dicha autorización", porque "siempre" creyó que "las iban a autorizar".

Asimismo, asevera que ha reconocido que "toda la obra está hecha sobre la existencia de una antigua construcción" y que "las obras nuevas no se salen de las antiguas", al tiempo que el juez considera que a la vista de la prueba documental, testifical y pericial, "la obra realizada es susceptible de ser autorizada y legalizada".

"SOLUCIONES ADMINISTRATIVAS"

De hecho, apostilla que "no resulta descabellado pensar que el acusado construyó en la creencia de que obraba lícitamente, pues se trata de una construcción sobre otra antigua", y defiende que "la solución al problema no puede pasar por la jurisdicción penal, sino que requiere de soluciones administrativas de restauración de la legalidad urbanística, cuyo control correspondería a la jurisdicción contencioso-administrativa".

Cabe destacar que la Fiscalía pedía penas de dos años de prisión y multa de 60.000 euros, así como inhabilitación para profesión u oficio durante dos años y demoler lo construido para la restauración de la legalidad. Mientras, la defensa solicitó la absolución.

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