El Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga ha condenado a dos jóvenes a penas de dos años y un año y ocho meses de prisión, respectivamente, por golpear con un palo metálico e insultar a una transexual este pasado mes de agosto en el polígono Guadalhorce de Málaga capital. El magistrado considera que la agresión estuvo "motivada por la condición sexual" de la víctima.
Así, se les condena por un delito de lesiones, con el agravante de odio. Se les impone el pago de una indemnización a la víctima, estimándose en ambos la atenuante de reparación del daño, al haber consignado ciertas cantidades; y en uno de los acusados la atenuante de alteración mental. Asimismo, se les absuelve del delito de robo con violencia.
Los hechos sucedieron en la madrugada del día 16 de dicho mes, cuando, según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los dos acusados, junto a dos menores, decidieron pasar por dicho polígono, antes de ir a la Feria de Málaga, para "mofarse" de los transexuales que en esa zona prestan servicios de contenido sexual.
Una vez allí y movidos por esto, insultaron a la víctima, "conociendo su condición sexual", indica la resolución del juzgado, que se puede recurrir. Al mismo tiempo, lanzaron piedras donde estaba ésta y otra compañera y cuando ella les recriminó, uno de los acusados condujo hasta una nave cercana donde cogieron una barra metálica.
Entonces, volvieron "movidos por la condición sexual" hasta donde estaba la víctima, a la que comenzaron a "propinar golpes" uno de los acusados con el palo de metal y el otro sin hacer uso de instrumento contundente, pero conociendo que "otros lo empleaban en la agresión", para luego ir todos al coche y marcharse del lugar, según se precisa en la sentencia.
Una vez en el coche, dice el juez, los acusados se dieron cuenta de que los menores registraban un bolso que, aprovechando la agresión, habían cogido, pero considera que los procesados en esta causa desconocían que uno de los otros se había apoderado de él. Por esto, se les absuelve del delito de robo con violencia por el que fueron acusados.
El magistrado estima que "el motivo que movió a los acusados a agredir a la víctima encuentra su razón en la identidad o condición sexual de ésta", considerando que no es anecdótico que los procesados "acudieran hasta el polígono para encontrar transexuales y preguntar el precio del servicio". De hecho, uno de los jóvenes reconoció la agresión, aunque no los motivos.
Asimismo, el juez apunta que los acusados conocían la condición sexual de la víctima, ya que hablaron con ella y le profirieron expresiones "de claras connotaciones homófobas", rechazando que el motivo de la agresión fuera que la mujer lanzara una botella contra el coche como respuesta a los insultos.
Además, en la sentencia se señala que todos los ocupantes del vehículo conocían la existencia del palo, así como que "se desandaba el camino para interceptar el paso de la víctima con la intención de agredirla" y todos se bajaron del vehículo.