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Viernes 15/11/2024
 
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Ronda

Más de 5.000 familias en Ronda tienen hipotecas con cláusula suelo

Según las asociaciones de consumidores y usuarios, cada afectado podrá recuperar cantidades que oscilan entre los 10.000 y 15.000 euros de media

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  • Francisco Orozco -

El pasado miércoles se publicó la esperada sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, y llegó invalidando al Tribunal Supremo español. Éste último sostenía que los bancos debían devolver el dinero cobradopor la conocida como“cláusula suelo” tan solo desde mayo de 2013. Ahora la justicia europea obliga a devolver la totalidad del dinero, es decir, con retroactividad desde la firma del préstamo hipotecario.
En julio, el abogado rondeño y profesor de la Universidad de Granada Francisco Orozco adelantó a este periódico que a finales de año tendríamos una sentencia que sería trascendental. En aquel momento, este profesional especializado en Derecho Hipotecario preconizó que “ese verano sería un infierno para algunos bancos”.
Quizás se equivocó en la época del año, pero acertó en el fondo. La caída en bolsa de todos los bancos españoles, tras conocerse la sentencia del Tribunal de Luxemburgo, es una buena muestra de ello. Ahora sí se puede decir que “esta Navidad será un infierno para algunos bancos”.  La razón es clara: Según el Banco de España, las entidades de crédito deberán devolver más de 4.200 millones de euros a sus clientes. Desde Ronda Semanal, nos hemos vuelto a poner en contacto con Francisco Orozco.


¿Qué cambia con esta sentencia?
Hasta ahora, la devolución se hacía desde mayo de 2013. Para una hipoteca media de 150.000 euros a 30 años, la cantidad reclamada al banco era de 6.000 euros aproximadamente.Tras la sentencia que hemos conocido esta semana, y con el ejemplo anterior, el dinero que se debe devolver giraría en torno a los 13.000 euros. El hecho de que la sentencia se conociera un día antes de la Lotería de Navidad, supone recibir la noticia como un verdadero premio.


¿Cómo sabemos si tenemos una cláusula suelo en nuestra hipoteca?
Debemos acudir a la escritura del préstamo hipotecario. En ella, los bancos incorporaban una cláusula de tipo “en ningún caso el tipo de interés nominal anual será inferior al 3,5 %” o parecida. No obstante, lo mejor es acudir a un profesional que pueda analizar detenidamente cada caso concreto.


¿Y si hemos firmado un acuerdo eliminando la cláusula suelo y renunciando a demandar al banco?
Esa ha sido una práctica habitual en los últimos meses por parte de algunas entidades: llamar al cliente y proponerle un acuerdo que le resultaría “beneficioso”, y lo cierto es que no hay nada más lejos de la realidad. Sin embargo, aconsejamos no alarmarse. Parece ser que los esfuerzos de la banca para intentar zafarse de esta obligación han resultado en vano, pues la mayoría de jueces y tribunales están declarando la nulidad de estos acuerdos.


¿Qué deben hacer los afectados por la cláusula suelo?
Acudir a la justicia. Los bancos no van a devolver el dinero por voluntad propia. De hecho, intentan convencer al cliente con todo tipo de artimañas para que no demande. Después, en la mayoría de los casos que tramitamos en nuestro bufete yuna vez iniciado el procedimiento judicial,el banco propone un acuerdo antes de la celebración del juicio, y entonces es el cliente quien decide si rechaza o acepta la oferta. Esto es porque, si el banco pierde, lo más normal es que también sea condenado en costas, debiendo pagar los honorarios de abogado y procurador.

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