La Ley Reguladora de las Haciendas Locales estableció en 2004 que las eléctricas, las empresas de gas, de agua e hidrocarburos debían pagar a los municipios que suministraran sus servicios por aire suelo o subsuelo, un 1,5 % de su facturación en el término local y que, además, estaban obligadas a pagar por atravesar los municipios aunque no les proporcionaran sus productos.
Hasta hace muy poco, estas empresas se negaban a pagar las tasas o porque no las reconocían o porque las consideraban desproporcionadas pero, finalmente, el Tribunal Supremo ha avalado que los ayuntamientos valoren como“construcciones” las líneas eléctricas de alta tensión y las canalizaciones de gas a la hora de calcular la base imponible del impuesto por uso del dominio público.
El término municipal de Rota cuenta con distintas instalaciones estratégicas para el transporte de energía y, la mayor parte de estas instalaciones, transcurren por vías y terrenos de dominio público local, cercanos a núcleos residenciales y equipamientos.
Desde Sí se Puede proponen por tanto que el Ayuntamiento estudie la posibilidad de compensar la aplicación de las tasas por aprovechamiento del dominio público local a estas empresas.
La cuantía de las tasas debe establecerse contemplando la jurisprudencia y aprovechando las experiencias de los primeros municipios que las han aplicado, elaborando un informe económico financiero que justifique la misma en función de factores vinculados a la utilidad y aprovechamiento que obtiene el sujeto pasivo y, en cualquier caso, que apliquen el valor de mercado del arrendamiento de los terrenos afectados en función de su valor catastral, considerando todos los elementos constitutivos de la Red, como torres, líneas, protecciones, terrenos, edificaciones, subestaciones y demás elementos auxiliares, eléctricos o no, necesarios para el funcionamiento de la instalación, incluyendo la franja de terreno que constituye la distancia de seguridad impuesta por la normativa.
En definitiva, Sí se Puede solicitará al pleno la elaboración y puesta en marcha de una Ordenanza reguladora de la Tasa por aprovechamiento del dominio municipal a favor de las empresas transportadoras de Energía aplicable a todos los elementos constitutivos de la Red y estudiando la compensación de esta tasa hasta el 100% del coste que suponga para el sujeto pasivo obligado al pago, por la adopción de las medidas de precaución, traslado, soterramiento de estas instalaciones en los plazos, términos y lugares acordados en un convenio con el Ayuntamiento.
"Creemos que el cambio normativo regulará de mejor manera que la actual, la carga impositiva a satisfacer por las empresas energéticas que realizan su actividad industrial en la localidad, aumentando los ingresos por dicho concepto, que en algunos municipios ha significado hasta 3 veces mas de lo recaudado, y resultando una mejora para el conjunto de la ciudadanía roteña", explican.