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Lunes 18/11/2024
 

Chiclana

Limpian 20 parcelas privadas tras ser requeridas por Chiclana Natural

Los municipios pueden ordenar de oficio o a instancia de cualquier interesado, la ejecución de obras necesarias para conservarlas en condiciones.

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La Delegación Municipal de Medio Ambiente limpia y adecenta anualmente las parcelas públicas existentes en el municipio. Esta actividad se ve reforzada con actuaciones como las llevadas a cabo estos últimos días mediante los planes de choque o los de empleo, que han permitido ampliar las actuaciones a un mayor campo de acción como cunetas, cauces de arroyos, taludes, etcétera.

Sin embargo, cuando se trata de parcelas privadas los procedimientos son más complejos. En este sentido, el delegado de Medio Ambiente, Joaquín Páez, informa a este respecto que “corresponde al propietario el buen estado de conservación de las mismas y, cuando eso no se produce, se origina un conflicto con el resto de vecinos, que son los que al encontrarse con el problema acuden a Chiclana Natural para denunciar la falta de limpieza de las mismas. Cierto es que en muchos casos son los propietarios lo que, a requerimiento de Chiclana Natural, actúan en consecuencia y proceden al adecentamiento de las parcelas”.

“No obstante, en los últimos meses desde la Delegación Municipal de Medio Ambiente se le ha dado un impulso considerable a la resolución de muchos expedientes -continúa afirmando Páez- lo que ha permitido que se limpie una veintena de parcelas en ubicaciones como Camino de Villa Santa, Avenida Libertad, Jardines, calle Italia en San Andrés Golf, Santísima Trinidad, Obispo Rancés, y Recreo San Pedro.  Además, se encuentra en fase de resolución la limpieza de otras fincas en ubicaciones como Tejarejo o República Dominicana”.

Asimismo, el responsable del área destaca “no son pocas las ocasiones en las que la suciedad en las parcelas tiene su origen en la falta de civismo de quienes arrojan restos de poda, escombros, basuras y enseres que facilitan la proliferación de de ratas y un riesgo de incendio mayor”. Para evitarlo,  Páez anima a los ciudadanos a “hacer uso de los recursos disponibles, que no son pocos, como contenedores, áreas de reciclaje o el servicio de recogida de mobiliario y enseres. De esta forma, todos contribuiríamos a la mejora del  medio ambiente y el reciclaje en el municipio”.

Hay que destacar que el artículo 155 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, LOUA, establece la obligación de los propietarios de terrenos, construcciones y edificios de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, realizando las obras y trabajos precisos para conservarlos o rehabilitarlos, a fin de mantener en todo momento las condiciones requeridas de habitabilidad o el uso efectivo.

Los municipios pueden ordenar de oficio o a instancia de cualquier interesado, la ejecución de obras necesarias para conservar aquellas condiciones. Cuestión ésta reflejada igualmente en el artículo 295 de la Ordenanza Municipal de Protección Ambiental, que señala a los propietarios de solares y parcelas como los sujetos obligados a mantenerlos libres de residuos y en condiciones de higiene, seguridad y ornato. La no observancia de los requerimientos de limpieza por parte de los propietarios puede ser sancionable en caso de ser considerada como infracción administrativa.

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