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Sábado 16/11/2024
 

Cádiz

Aprueban la ley del aborto que sitúa la mayoría de edad en 16 años

El Gobierno aprobó ayer la reforma del aborto, que sitúa en 16 años la mayoría de edad para decidir sobre la interrupción voluntaria del embarazo, y establece el aborto libre hasta la semana 14 y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto.

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El Gobierno aprobó ayer la reforma del aborto, que sitúa en 16 años la mayoría de edad para decidir sobre la interrupción voluntaria del embarazo, y establece el aborto libre hasta la semana 14 y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto.

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, aseguró que “derechos, garantía, seguridad y respeto son las claves de la nueva ley”, que incorpora algunos cambios respecto al anteproyecto, siguiendo recomendaciones de algunos informes preceptivos, como el del Consejo de Estado.

El resultado, dijo, es una ley “sensata y ajustada a derecho que quiere dar respuesta sin dogmatismos a las carencias de la ley actual” y “que se ajusta a nuestra realidad social” porque ofrece seguridad a las mujeres en el ejercicio de un derecho y garantías a los profesionales de la sanidad que desde ayer “tendrán más claramente establecidos los supuestos y plazos de esta prestación”.

Además, la norma, que “sintoniza más con las legislaciones europeas”, incluye un conjunto de acciones y medidas en el ámbito sanitario y en el educativo porque, “que nadie lo dude: la voluntad del Gobierno es prevenir los embarazos no deseados para que ninguna mujer tenga que enfrentarse a la durísima decisión de abortar”.

El Proyecto de Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo establece que hasta la semana 14 de gestación la mujer podrá abortar libremente, siempre que haya recibido información sobre sus derechos y sobre las ayudas de que puede disponer para la maternidad si tal fuera su decisión, al menos tres días antes del aborto.

De manera excepcional, hasta la semana 22, la mujer podrá abortar sólo en dos supuestos: si estuviera en riesgo la vida o la salud de la embarazada o si hubiera graves anomalías en el feto.

En ambos casos, la decisión deberá ir acompañada de un dictamen emitido por dos médicos especialistas distintos a los que practican la intervención.

La vicepresidenta puntualizó además que, siguiendo las recomendaciones del Consejo de Estado, el texto aprobado ayer establece que la vida prenatal “es un bien jurídico que merece una protección eficaz” pero que “se articula a través de la voluntad de las mujeres y no en contra”.

La reforma establece también que cada autonomía tendrá al menos un Comité Clínico –formado por un equipo pluridisciplinar de expertos– encargado de valorar los diagnósticos prenatales de las enfermedades extremadamente graves, si bien, puntualizó la vicepresidenta, “será la mujer la que decida sobre su intervención”.

En cuanto al Código Penal, la nueva ley castigará no sólo a quien practica un aborto fuera de los supuestos establecidos en la ley, sino a quien lo haga sin contar con los informes preceptivos; a quien lo haga en un centro no autorizado, y a quien consienta o practique un aborto más allá de las 22 semanas de gestación fuera de los supuestos extraordinarios previstos en la ley.

De la Vega subrayó, no obstante, que la reforma no incluye pena de prisión para la mujer y que las modificaciones introducidas en la reforma “sólo refuerzan el principio de proporcionalidad de las penas en relación con las distintas conductas”.

La reforma también refuerza la protección de la intimidad y la confidencialidad de las mujeres, tal y como ha recomendado la Agencia de Protección de Datos.

Respecto al trámite parlamentario, la vicepresidenta mostró su voluntad de escuchar a todos los grupos para incorporar algunos de los aspectos que más han preocupado a la sociedad como la información a las menores de 18 años.

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