El Juzgado de lo Penal número 4 de Huelva ha condenado a 18 meses de cárcel a una abuela por impedir que su nieta viera a su padre durante algo más de cinco años después de que, tras la muerte de su hija y madre de la menor, alcanzara un acuerdo verbal con él para que la cuidara.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la considera responsable de un delito continuado de quebrantamiento de los deberes de custodia, concurriendo la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.
En concepto de responsabilidad civil tendrá de indemnizar al perjudicado por los daños morales causados, en la cuantía de 4.000 euros.
Le conceden el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena de prisión por plazo de 2 años, condicionada a que no delinca durante ese período y a que abone al perjudicado la indemnización.
Se considera probado que la acusada ha tenido a su cargo de hecho el cuidado de su nieta, nacida en 2005, desde el fallecimiento de la madre de ésta, e hija de la acusada, en mayo del año 2011, tras un acuerdo alcanzado verbalmente con el progenitor de la menor por el cual ella cuidaría a la menor, correspondiendo al padre estar al cuidado de ella durante el tiempo en que se encontrara en la localidad donde residían.
En fechas no determinadas, pero en todo caso desde al menos finales del año 2011 hasta el dictado del auto de procedimiento abreviado el 16 de junio de 2016, la acusada ha venido de forma sistemática impidiendo que la menor tuviera contacto con su padre, no dejando que se fuera con él cada vez que iba a recogerla a casa, provocando que, en la actualidad, se haya generado un rechazo de la menor hacia su padre, con ausencia de contacto total entre ambos.
Huelva
Condenan a una abuela por no dejar que su nieta viera al padre
El Juzgado de lo Penal de Huelva condena a 18 meses de cárcel a la abuela, además de tener que abonar 4.000 euros por daños morales causados
Responsable de un delito continuado de quebrantamiento de los deberes de custodia
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