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Jueves 14/11/2024
 
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Huelva

Sanción al guardia que no ayudó a su compañera mientras la fustigaban

Ratifican la sanción de un año sin empleo a un guardia civil que no auxilió a su pareja en El Rocío cuando fue agredida por un jinete al que iban a detener

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  • Tribunal Supremo. -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción de un año sin empleo impuesta a un guardia civil que no auxilió a su pareja en El Rocío y se quedó sujetando las riendas de un caballo mientras ella era fustigada y agredida por el jinete al que iban a detener.

La Sala de lo Militar del alto tribunal ha rechazado el recurso del agente y ha confirmado la resolución del director general de la Guardia Civil, que lo consideró autor de una falta muy grave por "omisión de urgente auxilio" a un compañero que estaba en peligro.

Según los hechos probados, el guardia sancionado y su pareja prestaban servicio de seguridad ciudadana el 27 de diciembre de 2015, cuando recibieron un aviso de que un hombre a caballo en los aledaños de la ermita de El Rocío galopaba entre los viandantes y ponía en peligro su integridad.

Cuando la patrulla llegó a la zona e intentó darle el alto, el hombre huyó y no pudieron alcanzarlo hasta que cayó del caballo, momento en el que la agente se dirigió a él para detenerlo mientras su compañero, jefe de la pareja, sujetaba el caballo, que se quedó tranquilo.

El jinete caído se abalanzó sobre la agente blandiendo una fusta con la que descargó un fuerte golpe sobre el brazo de la mujer, mientras el compañero, se incide en la sentencia, seguía sujetando el caballo sin prestarle apoyo alguno.

Fue un policía fuera de servicio quien acudió a ayudarla al ver la agresividad del jinete, que intentó sacar una navaja mientras decía que iba a "rajarla".

Tras la agresión, la agente quedó de baja y siguió tratamiento farmacológico y de rehabilitación por las lesiones en el brazo.

El guardia sancionado recurrió a los tribunales militares, que mantuvieron el castigo, y llegó hasta el Supremo, que ha confirmado la sentencia previa al considerar que "existió prueba de cargo suficiente, válida en su obtención, en su practica y en su valoración".

El agente se acogió a su derecho a no declarar, pero el relato de la agente y del policía que la ayudó quedó apuntalado por otros testigos y por los informes médicos.

El Supremo también rechaza que la suspensión de empleo durante un año sea una sanción desproporcionada, ya que, si se tiene en cuenta que una falta muy grave se puede penalizar hasta con la expulsión de la Guardia Civil, se eligió un castigo intermedio.

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