El tiempo en: Aljarafe
Sábado 16/11/2024
 

Campo de Gibraltar

4.000 euros de multa por poner cámaras de seguridad mirando a la calle

Una vecina de La Línea había cometido esta infracción. La Policía Nacional está detectando en esa ciudad este tipo de prácticas en fachadas de viviendas

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Cámara de vigilancia. -

Agentes de la Policía Nacional han propuesto para sanción administrativa a una mujer residente en La Línea de la Concepción por instalar unas cámaras de vigilancia que captaba imágenes de  la vía pública. La LOPD no permite que los  sistemas de videovigilancia capten  imágenes de las personas que se encuentren fuera del espacio privado (en lugares públicos sólo puede ser realizado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado).

Los agentes  detectaron la instalación de dos cámaras de vigilancia en una vivienda particular de la calle Pedreras de la Línea de la Concepción camufladas en dos salidas al exterior de unas falsas chimeneas, las cuales abarcaban la visualización de gran parte de la vía pública.

Una vez realizadas las gestiones oportunas se procedió a la propuesta para sanción por infracción administrativa de la Ley Orgánica de Protección de Datos. El expediente incoado fue elevado a la  Agencia Española de Protección de Datos, la cual acordó  resolver con el pago de una multa de 4.000 euros  a la propietaria de la vivienda por vulnerar  el derecho a la protección de datos de carácter personal al estar afectando un espacio público sin causa justificada. Así mismo, se le indicó que deberá retirar las cámaras que apuntan hacia la vía pública. 

La Ley Orgánica de Protección de Datos prohíbe la instalación de videocámaras en fachadas de propiedades particulares que capten imágenes de espacios públicos y/o privados, salvo excepciones contempladas en esa Ley, pudiendo ascender las sanciones por la realización de estas conductas hasta los 20 millones de euros como máximo o, tratándose de un negocio, una cuantía equivalente al 4% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior. 


 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN