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Viernes 15/11/2024
 
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Sevilla

Los bares podrán pegar los veladores a las fachadas de los pisos

Para ello, tendrán que llegar a un acuerdo con las comunidades de vecinos de dichos edificios y siempre que no se obstaculicen accesos de entrada o salida

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  • Veladores en la Plaza de Doña Elvira. -

El Ayuntamiento de Sevilla, a través de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, ha presentado a la Asociación de Hosteleros un formulario único y un modelo técnico para la tramitación de las solicitudes que se presenten de acuerdo con la orden ministerial para pedir un aumento del espacio de terraza o del 50% de veladores autorizado por el Estado. Este procedimiento será aprobado el jueves en el Consejo de la Gerencia de Urbanismo y tendrá un tiempo de tramitación ágil para garantizar una respuesta adecuada al sector. Para favorecer la eficacia de estas medidas y su control, el Ayuntamiento y la Asociación de Hosteleros mantendrán una mesa de trabajo y colaboración permanente.

De conformidad con la orden ministerial publicada el sábado 9 de mayo, como norma general los establecimientos pueden instalar el 50 % de los veladores que tienen autorizados en el espacio que tienen en estos momentos asignados de forma automática. Para ello, no se requiere ninguna autorización ni permiso del Ayuntamiento. Sí se exige que entre cada velador haya una distancia mínima de 2 metros, que se respete  en todo momento la senda peatonal, que no se invada en ningún caso la salida de portales, locales, salidas de emergencia, etcétera, y que se guarde una distancia de 1,5 metros con los servicios públicos o establecimientos. En cualquier caso, se deben cumplir todas las recomendaciones higiénicas y de prevención establecidas por el Ministerio de Sanidad para esta actividad.

Según lo dispuesto también por el Ministerio, sin pedir ninguna autorización, se autoriza que durante este periodo transitorio se reagrupen dos mesas con hasta 10 comensales siempre y cuando no se invada las sendas peatonales, salidas de portales, locales, salidas de emergencia, etcétera, en el caso de que no haya espacio para instalar el 50% de los veladores en el espacio asignado para la terraza. Para ello, se propone un modelo de velador V-10 consistente en la reagrupación de dos mesas de 0,70 x 0,70. En el caso de veladores tipo V-2  (1 mesa y dos sillas) se podrán añadir sillas hasta un máximo de cuatro por mesa. En ambos casos, esto no conllevará aumento del aforo autorizado ni en cuanto a mesas ni en sillas debiendo garantizarse la distancia de dos metros.

La orden ministerial sí establece la posibilidad de que se solicite un incremento del espacio asignado para terraza con el objetivo de instalar el 50 % de los veladores con una separación mínima de 2 metros o para poder poner un mayor número de veladores siempre con el límite máximo de los que tenía autorizados el establecimiento con carácter previo a la crisis sanitaria. En este caso, deberá ser autorizado por el Ayuntamiento de acuerdo con una serie de criterios y supuestos. Para agilizar los trámites se facilitará un modelo de solicitud que deberá entregarse vía telemática con la documentación preceptiva. La propuesta del hostelero se validará técnicamente y será sometida a inspección posterior.

Estos criterios básicos, que se ajustan a los previstos en la actual ordenanza de terrazas de veladores, prevén por ejemplo que se puedan alcanzar acuerdos con fachadas colindantes para ocupar parte de su espacio con veladores siempre y cuando no se obstaculicen los accesos y salidas de portales, locales, garajes, salidas de emergencia, etcétera, ni se invada la senda peatonal. Tendrá que haber una autorización expresa.

 

De acuerdo con la orden ministerial y la ordenanza, los veladores que se podrán instalar en la ciudad en este nivel 1 son como máximo aquellos que podían instalarse antes de la crisis sanitaria. Y no se podrán autorizar cambios en los horarios o medidas que modifiquen los criterios establecidos actualmente en la ordenanza de terrazas de veladores, siempre sin perjuicio de las limitaciones en los horarios que pueda establecer en cada momento el Gobierno central respecto al estado de alarma.

Hay que subrayar, además, que ninguna de las medidas excepcionales que se aborden como la ampliación de la superficie autorizada de la terraza tiene vocación de permanencia y sólo estarán operativas durante el periodo de crisis sanitaria.

El delegado de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo, Antonio Muñoz, ha destacado “la colaboración y el trabajo conjunto” del Ayuntamiento con la Asociación de Hosteleros que se ha vuelto a constatar en la reunión de trabajo realizada hoy, y ha subrayado la importancia de la “responsabilidad de todos para lograr el equilibrio entre la protección de la salud y el cumplimiento de las recomendaciones sanitarias; y entre la reanudación de la actividad en las terrazas de veladores y las garantías en materia de accesibilidad y uso del espacio público por parte de la ciudadanía”.

Durante la reunión, asimismo, la Asociación de Hosteleros y el Ayuntamiento han analizado la importancia de que la Junta de Andalucía adapte los artículos del decreto 155 que regula las terrazas de veladores dadas las consecuencias que tiene en la concesión de nuevas licencias, especialmente en ante los efectos económicos y sociales de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19. La Asociación de Hosteleros de Sevilla ha trasladado al Ayuntamiento que esta modificación es de enorme relevancia para la continuidad de muchos negocios de la ciudad en las circunstancias actuales.

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