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Lunes 18/11/2024
 

El Puerto Cofrade

Se inicia el proceso electoral en la Hermandad del Carmen

El censo electoral, aprobado por la Autoridad Eclesiástica, se podrá revisar desde el viernes día 17 de septiembre al 17 de noviembre

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  • PROCESIÓN DE LA VIRGEN DEL CARMEN. -

La Hermandad de Nuestra Señora del Carmen informa a sus hermanos de inicio del proceso electoral: 

Una vez aprobada por el obispo la petición de la Sra. Comisaría de convocar elecciones en la Ilustre y Venerable Hermandad, donde los propios hermanos sean los que vuelvan a tener en sus manos la dirección del seno de la formación carmelita, se establecen los siguientes plazos;

Consulta del Censo Electoral

El censo electoral, aprobado por la Autoridad Eclesiástica, se podrá consultar desde el viernes día 17 de septiembre al 17 de noviembre de 2021, tiempo durante el cual la Secretaría de la Hermandad permanecerá abierta los VIERNES de 19:00 a 20:30 horas para la rectificación de posibles errores u omisiones. Es elector todo hermano con dieciocho años cumplidos y al menos un año de pertenencia a la Hermandad, en el momento de la celebración de las elecciones, estimadas para el mes de enero de 2022.

Presentación de Candidaturas

Terminado el plazo anterior, quedará abierto el de inscripción de candidaturas para ocupar el cargo de Hermano Mayor y miembros de Junta de Gobierno. Comenzará el día 19 de noviembre y finalizará el 19 de diciembre próximo, debiendo los interesados dirigirse a la Secretaría de la Hermandad, donde se le expedirá por parte de la Gestora una certificación que acredite que se ha presentado como candidato. Para estas gestiones, el horario será los VIERNES, en horario de 19:00 a 20:30 horas.

Para ser candidato a miembro de la Junta de Gobierno, además de ser católico practicante, reconocida vida cristiana personal, familiar y social, fiel cumplidor de los fines de su Hermandad (art. 55 Normativa Diocesana de HH. y CC.), es necesario aportar Fe de Bautismo y Certificado Literal de Registro Civil para los solteros; y los casados, sendas partidas de matrimonio canónico y civil; tener más de dieciocho años de edad y una antigüedad mínima en la Hermandad de tres años ininterrumpidos; que su residencia le permita atender las obligaciones del cargo; no ejercer cargos directivos en otra Hermandad; no desempeñar cargo de dirección en partido político; no haber presentado dimisión o renuncia de la Junta de Gobierno de esta u otra Hermandad dentro de los cinco años previos a la fecha de las elecciones. Para ser Hermano Mayor o Teniente Hermano Mayor, además de los requisitos anteriores, se le exige tener más de veinticinco años de edad y una antigüedad mínima en la Hermandad de cinco años ininterrumpidos (art. 56 Normativa Diocesana de HH. y CC.).

 

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