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Lunes 18/11/2024
 
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Alcalá la Real

El Ayuntamiento de Alcalá informa sobre la implantación de la factura electrónica

Entre los beneficios de esta forma de tramitación están la reducción de los tiempos y los costes, un mejor control y transparencia del gasto público, una mayor seguridad en los procesos, y la contribución a la sostenibilidad y el respeto con el medio ambiente

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  • Charla informativa.

La ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica modifica la regulación de la facturación por los servicios y suministros prestados a las administraciones públicas. Para informar sobre la nueva tramitación de la factura electrónica, el Ayuntamiento de Alcalá la Real, a través del Interventor, José Mª Cano, ofreció una charla informativa pública en Palacio Abacial, a la que acudieron proveedores habituales y otras personas interesadas en conocer su aplicación.

La nueva ley, que ya se aplica desde el 15 de enero, afecta a todo el sector público, a entidades locales, a las  universidades, a las empresas públicas,  a los consorcios, a las fundaciones públicas, al Estado,  a las comunidades autónomas, a la Seguridad Social y a los proveedores que facturen a las administraciones Públicas y a los que facturen a empresarios, cuando el destinatario dé su consentimiento.

Según la norma, están obligados a facturar electrónicamente, salvo que su factura sea de importe hasta 5.000€: las sociedades anónimas; las sociedades de responsabilidad limitada; las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española; los establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria; las uniones temporales de empresas; la Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.


Entre los beneficios de la implantación de la facturación electrónica está el de contribuir a agilizar la tramitación tanto en la empresa como en la administración y reducir los tiempos de pago a proveedores, así como la garantía de autenticidad, integridad, legibilidad, certeza y seguridad en la presentación de la misma y su generación automática; y, a la vez, permite un mejor control y transparencia del gasto público, un ahorro de costes que mejoraría la competitividad de las empresas, una mayor seguridad en los procesos, la reducción de tiempos y de errores y la contribución a la sostenibilidad y el  respeto con el medio ambiente. Deberíamos de hacer el esfuerzo de su implantación.

El punto general de entrada de facturas es una ventanilla única, a través de la cual todas las empresas deben presentarlas en un formato y codificación comunes: https://face.gob.es.

En la página web del Ayuntamiento www.alcalalareal.es, a través del apartado de `No te olvides´ se podrá acceder a la web, así como a información adicional y preguntas frecuentes sobre el nuevo procedimiento.   

Una vez presentada la factura, en este caso, en el Ayuntamiento, el proceso continúa con la anotación en el registro contable, la codificación de la factura en Intervención, se remite al órgano gestor (para su aprobación en Junta de Gobierno o concejalía correspondiente) y, una vez reconocida, se procede al pago a través de la unidad tramitadora.

Desde el momento de la presentación, el proveedor recibirá un acuse de recibo con los datos de la factura, cuyo estado de tramitación podrá consultar en cualquier momento.

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