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Viernes 08/11/2024
 

Almería

La Audiencia Nacional deniega la extradición del marroquí reclamado por tráfico de hachís

Argumenta que las autoridades marroquíes no han aportado información que permitan determinar si se produce una doble incriminación o si ha prescrito

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  • Audiencia Nacional. -

La Audiencia Nacional (AN) ha denegado la extradición de un marroquí reclamado por su país para su enjuiciamiento por su presunta participación en el tráfico de hachís porque las autoridades marroquíes no han aportado información que permitan determinar si se produce una doble incriminación o si ha prescrito “la acción penal”.

En un auto, al que ha tenido acceso EFE, se señala que el pasado 21 de abril el Juzgado Central de Instrucción número 2 incoó un procedimiento de extradición, tras recibir una comunicación de Interpol que daba cuenta de la detención de dicho hombre en La Mojonera (Almería), arresto que tuvo su origen en una orden internacional de detención expedida por Marruecos.

El caso dio objeto finalmente a una vista extradicional que se celebró el pasado 18 de octubre en la Audiencia Nacional, en la que el marroquí, asistido por el abogado almeriense Nabil El Meknassi Barnosi, se negó a la entrega, mientras que la Fiscalía solicitó que se accediera a la misma.

La AN advierte en su fallo que el convenio de extradición entre España y Marruecos incluye unos requisitos que no se cumplen en este caso, ya que se debe realizar una exposición de los hechos por los que se solicita, en la que se indique la fecha y lugar en la que han sido cometidos, así como la “calificación legal” de los mismos.

“Al no haberse observado esta prescripción del Convenio, no puede este Tribunal de extradición decidir si se cumplen en este caso los principios de doble incriminación y mínimo punitivo (...), o si ha de considerarse prescrita la acción penal”, dice la AN.

“En el presente caso, no se contiene en la petición y documentación extradicional una reseña clara y precisa de los hechos supuestamente delictivos cuya concreta comisión se atribuye al reclamado”, incide la AN.

En este sentido, apunta que Marruecos sólo aporta “manifestaciones imprecisas, no fijadas temporal ni espacialmente, y no coincidentes entre sí”, de determinados detenidos “a raíz de la investigación incoada por la Brigada Nacional de la Policía Judicial de Casablanca … en el marco de la lucha contra el crimen organizado y en especial las redes de contrabando y tráfico internacional de drogas”.

Entre estos datos “imprecisos” se encuentra la declaración de algunos detenidos que habrían manifestado que el marroquí era uno de los pilotos que trasladaban el hachís, o que éste habría comprado muestras de esta sustancia junto a otras personas, o incluso que éste habría llamado a alguno de los arrestados en Marruecos para prepararle para ir a bordo de una lancha con drogas.

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