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Miércoles 20/11/2024
 

Almería

Condenado por apuñalar al hombre con el que convivía en un búnker

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a seis años y tres meses de prisión a un ciudadano alemán de 60 años

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La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a seis años y tres meses de prisión a un ciudadano alemán de 60 años que intentó matar a cuchilladas a un hombre con el que habitaba en un búnker ubicado en la playa de Costacabana de la capital, y del que se había trasladado días antes a una tienda de campaña de su propiedad por "desavenencias" con la víctima.

Antes de marcharse, amenazó a este y otra persona que residía temporalmente ahí, con prenderle fuego al búnker "con ellos dentro". Después, el procesado hizo un primer intentó de apuñalar a la víctima en una pelea aunque esta le golpeándole con un minibate de béisbol para, unas cinco o seis horas después, entrar en el búnker con un cuchillo de grandes dimensiones con el que, en esta ocasión, sí logró asestarle tres cuchilladas.

El tribunal de la Sección Tercera considera a M.G.W. autor de un delito de homicidio en grado de tentativa por el que el fiscal interesó la pena de nueve años de prisión y rechaza condenarle por un delito de lesiones como pidió la defensa dada la "naturaleza del arma empleada, el nulo arrepentimiento o esfuerzo reparador y el hecho de que asestó las puñaladas en la zona del hemitórax".

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge que el procesado y la víctima residían en un búnker situado en la playa de Costacabana, donde se encontraba temporalmente una tercera persona, testigo de los hechos. El 29 de febrero de 2016, M.G.W. decidió trasladarse como consecuencia de "las desavenencias" con su compañero y se instaló en las proximidades en una tienda de campaña de su propiedad.

Antes, amenazó con que "iba a prender fuego" al búnker con "ellos dentro", por lo que los dos decidieron coger al procesado una botella de gasolina para evitarlo.

Posteriormente, en la tarde noche de ese mismo día, M.G.W. se encaramó al techo del búnker portando un cuchillo pero los dos ocupantes oyeron ruidos y salieron al exterior, donde se inició una pelea entre acusado y víctima en la que el segundo golpeó al primero con un minibate de béisbol de unos 45 centímetros y le arrebató el cuchillo que llevaba.

Ya en la madrugada del 1 de marzo, el procesado se adentró en el búnker portando una navaja de alrededor de 20 centímetros de hoja y, cuando salió la víctima de la habitación en la que se encontraba al escuchar ruidos, le asestó tres puñaladas en el hemitórax derecho.

El tercero en discordia, que se encontraba dormido, se despertó al oír un grito y descubrió al herido en un rincón inclinado, con charcos de sangre y al acusado portando en la mano derecha el minibate de béisbol mientras gritaba "¿Dónde está mi dinero?".

Tras avisar al 112, se personaron en el lugar los agentes de la Policía Nacional, que encontraron a M.G.W "saliendo del búnker, a unos cinco metros de distancia, caminando en dirección al campo y portando en su mano las dos armas", por lo que fue reducido "ya que opuso resistencia".

La víctima, según remarca el fallo, tuvo que ser ingresado en la UCI del complejo hospitalario de Torrecárdenas de la capital y tardó 45 días en curar, de los que 15 "fueron de pérdida temporal de calidad de vida". Le han quedado, asimismo, como secuelas cicatrices de rasgos moderados y líneas satélite de puntos de sutura en el tórax.

El tribunal considera "evidentes" las relaciones "previas de enemistad" entre el procesado y la víctima, el arma usada, la zona del cuerpo atacada y el número de veces que asestó las puñaladas para condenar por homicidio en tentativa ya que señala que se habría producido el fallecimiento del herido "si no hubiera sido por la rápida intervención y la eficacia de la asistencia médica de que fue objeto".

"La actuación posterior de M.G.W., que se desatendió totalmente del alcance de sus actos, llevan a esta sala al convencimiento de que la conducta desplegada por el procesado iba dirigida, inequívocamente, a acabar con la vida de la víctima sin que pueda producir efecto alguno el alegato de que la víctima le había sustraído su dinero".

Descarta la Sección Tercera la concurrencia de la atenuante de arrebato porque el acusado, el día anterior, ya se había encaramado al techo del búnker portando un cuchillo, a lo que añade que el hecho de las puñaladas acaeció sobre cinco o seis horas más tarde, "lo que elimina la ofuscación de la conciencia o estado emotivo repentino o súbito".

También rechaza que el acusado, que deberá indemnizar a la víctima con 2.000 euros, confesase ya que, ante la Policía Nacional solo asumió que "la víctima no cesaba en su agresión y que le propinó puñaladas para que dejara de agredirle".

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