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Viernes 15/11/2024
 

Almería

El Ayuntamiento prohíbe durante el verano animales en las playas

El Consistorio recuerda que las mascotas deberán ir conducidas por sus poseedores o dueños por el paseo marítimo

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  • Las playas de Almería. -

El Ayuntamiento de Almería ha reiterado de cara al inicio de la temporada alta de playa algunas de las normas que estarán vigentes durante el periodo que rige el Plan Municipal de Playas de este año, de modo que la permanencia de cualquier animal en la arena está prohibido al igual que tampoco se permitirá el uso de aparatos sonoros o instrumentos musicales cuando, por su volumen, causen molestias a los demás usuarios.

Así lo ha trasladado el alcalde en funciones de Almería, Ramón Fernández-Pacheco, a través de un bando, recogido por Europa Press, en el que recuerda las normas generales para mantener la seguridad en las playas y en los lugares públicos de baño así como sus debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad, entre otros aspectos.

En cuanto a los animales domésticos, el Ayuntamiento apunta que será obligatorio utilizar agua con vinagre común para retirar las micciones de los animales "cuidando, en todo caso, que no orinen ni defequen en aceras y otros espacios transitados por personas". Asimismo, impedirán que éstos depositen sus deyecciones en jardines, paseos o en cualquier lugar específicamente prohibido para su entrada.

El Consistorio recuerda que las mascotas deberán ir conducidas por sus poseedores o dueños por el paseo marítimo, de modo que todos los perros irán sujetos por una correa y provistos de la correspondiente identificación. Igualmente, los de más de 20 kilos deberán circular con bozal, correa resistente y no extensible y conducidos por personas mayores de edad.

Los perros guía de personas con disfunciones visuales estarán exentos en cualquier situación de ser conducidos con bozal que permita la termorregulación vía oral.

El Ayuntamiento prohíbe también dejar alimentos en el paseo marítimo o en los espigones que puedan atraer a "animales indeseados como roedores o insectos", como tampoco se permite alimentar a animales vagabundos o abandonados cuando de ello puedan "derivarse molestias, daños o focos de insalubridad".

"No será de aplicación esta prohibición en aquellas zonas donde haya colonias felinas provistas de autorización municipal", matizan desde el Ayuntamiento, desde donde destacan además que los caballos "no podrán pasear por las arenas de las playas" y "menos aún bañarlos en el agua del mar".

LIMITACIÓN A LA MÚSICA Y RUIDOS

Desde el Ayuntamiento no se permitirá el uso de aparatos sonoros o instrumentos musicales cuando, por su volumen de sonoridad, causen molestias a los demás usuarios de las playas. Además, queda terminantemente prohibido a partir de las 0,00 horas realizar cualquier tipo de ruido que cause cualquier molestia a los vecinos, tanto en primera como en segunda línea de playa, exceptuando aquellos actos que sean organizados o estén autorizados.

En este mismo sentido, no se permitirá la publicidad permanente a través de carteles, vallas, medios acústicos y audiovisuales en las playas, que también ven limitado el comercio ambulante en el paseo marítimo y aledaños de todo tipo de productos, sin previa autorización de la Administración competente.

En cuanto a las acciones de los usuarios, desde el Ayuntamiento se insiste un año más en que está "terminantemente prohibido" arrojar cualquier tipo de residuos a la arena, sobre todo si se trata de objetos de cristal, aluminio o hierro, así como "arrojar las colillas de los cigarrillos en la arena".

También quedan expresamente prohibidas las acampadas en las playas del término municipal ya sea con tiendas, casetas, vehículos o remolques habitables. Tampoco se permite hacer fuego en la arena o en piedras ni el uso de barbacoas o la utilización de bombonas de gas excepto aquellas fiestas o eventos que tengan autorización previa del Ayuntamiento.

Por razones de seguridad también se limita la pesca con caña o fusil submarino en zonas concurridas por bañistas y la pesca submarina dentro de las dársenas portuarias, de forma que los pescadores submarinos no podrán entrar o salir de la playa con el fusil cargado ni manipularlo en tierra. Las personas que efectúen pesca submarina deberán señalizar su presencia mediante una boya roja con franja blanca, y/o mediante una bandera roja con banda blanca que llevará a remolque.

En cuanto al uso de las duchas y como ya es tradicional, se recuerda que el agua potable de las duchas es para quitarse el salitre de las aguas del mar, por lo que "no está permitido utilizar champús y geles de baño".

Durante el periodo estival también queda prohibida la circulación de vehículos a motor por las arenas de las playas así como por los Paseos Marítimos, salvo los autorizados.

BALIZAMIENTO Y ZONAS ADAPTADAS

Con la finalidad de ordenar y compatibilizar los diferentes usos lúdicos de las playas con zona reservada a los bañistas se ha instalado balizamiento en paralelo a la orilla situado a unos 200 metros, de modo que dicho espacio no podrá ocuparse por embarcaciones náuticas de cualquier tipo.

Los balizamientos se han instalado en las playas de la Ola, en Almería (tramos San Miguel-Las Conchas, Zapillo y El Palmeral), en Nueva Almería, Costacabana, El Alquián, Retamar, El Toyo, San Miguel de Cabo de Gata, La Almadraba de Monteleva y La Fabriquilla.

Asimismo se balizan las zonas adaptadas para usuarios con discapacidad en El Palmeral, mientras que las sillas anfibias se utilizarán en la Playa de Almería, tramo El Palmeral y San Miguel-Las Conchas, Playa de Retamar, Playa de Costacabana y Playa de San Miguel de Cabo de Gata.

Se instalarán nueve canales náuticos en los tramos de Zapillo, El Palmeral, Nueva Almería, Costacabana, Retamar, Cabo de Gata y La Fabriquilla, toda vez que la zona lúdica para mayores se instalará en El Palmeral.

Los juegos deportivos sólo podrán ser practicados en las zonas autorizadas y señaladas como zonas deportivas. En las zonas de baño debidamente balizadas estará prohibida la navegación deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a vela o motor.

El lanzamiento o varada de embarcaciones deberá hacerse a través de canales debidamente señalizados. En los tramos de costa que no estén balizados como zona de baño se entenderá que ésta ocupa una franja de mar contigua a la costa de una anchura de 200 metros en las playas y 50 metros en el resto de la costa.

Dentro de estas zonas no se podrá navegar a una velocidad superior a tres nudos, debiendo adoptarse las precauciones necesarias para evitar riesgos a la seguridad humana. Estará prohibido cualquier tipo de vertido desde las embarcaciones. Se instalará un canal de nado a mar abierto para uso deportivo en el tramo entre El Palmeral y San Miguel Las Conchas.

Las zonas de baño accesible y zonas de sombra para personas con movilidad reducida se ha creado únicamente para tal fin, con lo que se solicita la colaboración ciudadana para el correcto funcionamiento y estado de la misma.

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