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Sábado 16/11/2024
 

Almería

Condenado a prisión por patronear una patera con 106 personas, 11 de ellas menores de edad

El fallo del Alto Tribunal andaluz da por probada la participación del condenado en el viaje organizado

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  • Embarcación de Salvamento Marítimo. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de cuatro años de prisión para M.M. por haber patroneado desde las costas de Argelia hasta aguas de Almería una patera con 106 personas a bordo entre las que había once menores de edad, siete de ellos con menos de ocho años, sin ningún tipo de medida de seguridad ni víveres para la travesía efectuada en la madrugada del 30 de noviembre de 2019.

El fallo del Alto Tribunal andaluz da por probada la participación del condenado en el viaje organizado con la finalidad de conducir a personas desde las costas argelinas hasta España, por lo que le considera autor de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.

La embarcación, de tipo pesquero y con unos 12 metros de eslora, salió sobre las 3,00 horas desde Beni Saf (Argelia) con el acusado al frente de la misma, ya que se hizo cargo de la conducción y control de la nave al tiempo que manejaba la brújula y ejercía las funciones de capitán con ayuda de otras dos personas no identificadas.

Fue a las 19,00 horas de ese mismo día cuando la embarcación fue localizada por un patrullero de la Guardia Civil cerca de la costa. Al ser sorprendidos, el acusado junto con sus ayudantes comenzaron a tirar objetos por la borda. En concreto, el acusado tiró la brújula y dijo a los ocupantes que "si la policía preguntaba tenían que decir que habían comprado la embarcación y se habían turnado para llevarla".

La embarcación fue rescatada y remolcada hasta el puerto pesquero de Almería, al que llegó a las 3,15 horas, si bien durante el trayecto el pesquero "sufrió un incendio" y se hundió. El estado de la mar y las condiciones meteorológicas eran regulares, y durante el trayecto entró agua en la embarcación.

El tribunal confirma que el acusado realizó las funciones descritas a sabiendas de que los inmigrantes accederían al territorio nacional de forma clandestina, por un puesto fronterizo no habilitado eludiendo el control del acceso por las autoridades españolas y vulnerando, por tanto, la legislación española sobre inmigración.

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