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Viernes 08/11/2024
 

Almería

La Junta regula la recogida de setas y hongos tras una temporada sin apenas recolección

En terrenos forestales de la provincia de Almería hasta el 31 de mayo de 2022 tras una temporada en la que apenas hubo recolección por la falta de lluvia

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  • Recogida de setas. -

La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de la Junta en Almería ha emitido una resolución por la que regula la recogida de setas y hongos en los terrenos forestales de la provincia de Almería hasta el 31 de mayo del próximo año tras una temporada en la que apenas hubo recolección debido fundamentalmente a la falta de precipitaciones durante el fin de temporada estival y el otoño.

A través de la acción de los agentes de Medio Ambiente, fuentes del Gobierno andaluz han constatado que el periodo de recogida de setas iniciado en 2020 fue "malo" para los usuarios que acudían a los montes para recolectar níscalos y hongos, de modo que, a diferencia de años anteriores, no se llegaron a detectar posibles infracciones a la normativa entre quienes abusan de este recurso.

En este sentido, a lo largo del último año se han cerrado 12 de los 86 los expedientes sancionadores levantados en 2019 por el incumplimiento de la normativa, que observa multas que van desde los 60,1 a los 601 euros. Entre otoño y primavera de 2019 y 2020 fueron un total de 3.680 kilos de setas intervenidas.

Según la resolución rubricada por la delegada territorial de Desarrollo Sostenible, Raquel Espín, la recogida de pequeñas cantidades de setas en los terrenos forestales de la provincia de Almería no precisa autorización de la Delegación Territorial siempre que se realice bajo determinadas condiciones.

El documento, recogido por Europa Press, indica que se entiende por pequeñas cantidades de setas, las recolectadas para autoconsumo que no superen los cinco kilogramos de peso por persona y día.

Así, la recogida no conllevará alteración de la capa superficial del suelo, por lo que se prohíbe expresamente el empleo de herramientas como rastrillos, escardillas, azadas u otros utensilios que remuevan el mantillo del suelo produciendo daños en el micelio de los hongos, lo que puede impedir la aparición de nuevos ejemplares en el futuro.

No se permite la recolección de setas inmaduras y deberán respetarse las no comestibles, las que no se conozcan o no vayan a recolectarse por estar en mal estado o pasadas, puesto que todas ellas desempeñan una función ecológica.

Asimismo, se prohíbe la recogida de setas en horas sin luz y, en consecuencia, no está permitido el empleo de linternas ni otras fuentes de luz artificial. Del mismo modo, los recolectores deben emplear cestas u otros elementos de transporte que permitan la aireación y dispersión de las esporas.

La recogida será gratuita en los montes públicos almerienses pertenecientes a la comunidad autónoma de Andalucía y no requerirá autorización salvo que expresamente se advierta de lo contrario o sea concurrente con otros aprovechamientos cinegéticos. En los montes públicos pertenecientes a los ayuntamientos, serán también de aplicación las disposiciones municipales. En los terrenos particulares, la recogida precisará la autorización de sus propietarios.

Además, no está permitida la circulación de vehículos campo a través, dañar, perseguir, molestar o inquietar intencionadamente a los animales silvestres, ni abandonar residuos en el monte. El incumplimiento de este condicionado constituirá una infracción administrativa que dará lugar a la apertura del correspondiente expediente sancionador y al decomiso de las setas recolectadas.

 

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