La actitud social y legal respecto a la violencia machista ha cambiado en las últimas décadas, pero hace apenas cincuenta años el maltrato se consideraba consecuencia del alcoholismo y documentos judiciales atestiguan cómo entre las escasas opciones que tenían las víctimas estaba rogar el ingreso del agresor en un centro para enfermos mentales.
Es el caso de una vecina de la ciudad de Toledo de 32 años, madre de cinco hijos, quien en el año 1974 sufría maltrato "de palabra y de obra" por parte de su marido, tanto ella como sus hijos, a los que dejaba "señales de sus salvajes palizas".
Su única opción fue suplicar al gobernador civil que dictaminase que su marido era "alcohólico habitual y peligroso social y familiar" para que, de esta forma, pudiera ser ingresado en un centro para enfermos mentales.
Es uno de los casos que se guardan en el Archivo Histórico Provincial de Toledo, cuyo director, Carlos Flores, ha señalado a EFE que el centro psiquiátrico de Toledo en ese momento, el Hospital del Nuncio Nuevo, muchas veces estaba repleto de internos y no podía acoger todas las peticiones que llegaban.
Nuncio Nuevo funcionó como psiquiátrico desde su fundación a finales del siglo XVIII hasta la inauguración de un nuevo hospital psiquiátrico en las afueras de Toledo en 1977.
Un archivo para preservar la memoria de las víctimas
Con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, el Archivo Histórico Provincial de Toledo ha rescatado en su blog (ahpto.wordpress.com) dos casos de violencia machista con el objetivo de "preservar la memoria de las mujeres que han sufrido violencia por el hecho de serlo".
Uno de los casos es el de esta mujer toledana y el otro es un asesinato machista ocurrido en 1948 en las afueras de Talavera de la Reina, donde se halló el cadáver de una mujer con evidentes signos de violencia.
En ese caso sí intervino la policía, que identificó y detuvo al asesino confeso, quien fue juzgado por "parricidio" en la Audiencia Provincial de Toledo y condenado a treinta años de cárcel, que cumplió en el penal de El Puerto de Santa María (Cádiz).
Las víctimas de maltrato podían ser 'depositadas' en un lugar considerado seguro
A finales del siglo XIX y principios del siglo XX la protección a las mujeres maltratadas pasaba exclusivamente por los juzgados ordinarios y no había servicios sociales ni casas de acogida pero, en los casos graves, el juez podía determinar que la mujer fuese 'depositada' en algún lugar considerado seguro, generalmente la casa de un pariente.
La palabra que se utilizaba es 'depositar' y es lo que le ocurrió en 1903 a una vecina de Almonacid, quien pidió el divorcio por malos tratos continuados de su marido y el juez declaró el 'depósito' de la mujer.
Según la documentación que conserva el Archivo sobre este caso, el matrimonio volvió a convivir pasado un tiempo y el juez ordenó el fin del proceso.