Ante el inicio el pasado viernes día 2 de enero del periodo de rebajas navideño, desde la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de Ronda (Apymer), se ha informado a los consumidores sobre una serie de cuestiones a tener en cuenta.
Las rebajas deben durar una semana y dos meses y los artículos rebajados han de afectar, al menos, a la mitad de lo ofrecidos en el establecimiento.
Hay que tenerse en cuenta que los artículos no pueden haberse sacado a la venta expresamente para la ocasión, sino que tienen que haber formado parte de la oferta habitual del establecimiento durante, al menos un mes, y no podrá haber sido objeto de práctica de promoción alguna en el curso de un mes al que precede a la fecha de inicio de la venta en rebajas.
Así mismo, su calidad no puede diferenciarse en nada de la que tenían antes de estar rebajados y deben mostrar su precio original frente al rebajado, o bien el porcentaje en que están rebajados.
El anuncio de una venta a precio rebajado obligará al comerciante a disponer de existencias suficientes de productos idénticos, para ofrecer al público en las mismas condiciones prometidas. Las existencias estarán en relación a la duración de la oferta y a la importancia de la publicidad.
Los artículos deteriorados no se pueden vender como rebajados y han de tener la misma calidad que cuando se vendían a su precio original. La venta de productos defectuosos, viejos o estropeados es un saldo y debe anunciarse como tal.
Sobre la devolución de los productos que se han comprado en rebaja, en principio los comerciantes no tiene la obligación de anunciarse , salvo el producto que se pretende devolver esté defectuoso. Sin embargo son libres de aceptar todo tipo de devoluciones y muchos lo hacen para promocionarse.
Por otra parte, cuando un establecimiento luce el distintivo de que se acepta el pago con tarjeta bancaria, debe aceptarlo siempre, salvo que se indique de forma bien visible que queda excluido el periodo de rebajas.
Además, hay que recordar que los productos rebajados también cuentan con los dos años obligatorios de garantía.
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