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Condenado un hombre por abusar y agredir a su amiga en un parque de Mairena del Aljarafe

El acusado reconoció los hechos tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y la acusación particular

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  • Imagen del parque Cavaleri, en Mairena del Aljarafe. -
  • La Audiencia Provincial de Sevilla le impone una multa y medidas de alejamiento

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un hombre por un delito de abusos sexuales cometido contra una amiga en un parque público de Mairena del Aljarafe. Los hechos ocurrieron en la madrugada del 21 de agosto de 2021, y la sentencia, emitida el pasado 23 de septiembre, recoge que el acusado reconoció los hechos tras alcanzar un acuerdo de conformidad entre su defensa, la Fiscalía y la acusación particular.  

Según el relato de hechos probados, el incidente tuvo lugar en torno a la una de la madrugada, cuando el acusado y su amiga acudieron voluntariamente al parque Cavaleri, en Mairena del Aljarafe, sentándose juntos en un banco. En un momento determinado, el acusado, con ánimo libidinoso, se bajó los pantalones, sacó el pene y le pidió a la víctima que le realizara una felación. Ante la negativa de la joven, el hombre insistió, llegando a golpearla en la cara con su pene y acercándoselo a escasos centímetros de la boca.  

El acusado no se detuvo ahí y, sin el consentimiento de la víctima, procedió a bajarle la camiseta, tocarle y lamerle ambos pechos, pese a las reiteradas peticiones de la joven para que cesara en su comportamiento. Posteriormente, ambos abandonaron el parque y subieron al vehículo del inculpado.  

Ya dentro del coche, el hombre continuó con sus actos de abuso. Se volvió a bajar los pantalones y le dijo a la víctima: "Tú sabrás si te quieres perder esta oportunidad". Ante la persistente negativa de la joven, el acusado detuvo el vehículo, propinándole tres guantazos en la cara, cogiéndola fuertemente del pelo, dándole un beso en la boca y tocándole la vagina por encima del pantalón.  

El tribunal ha tenido en cuenta que, en el momento de los hechos, el acusado estaba bajo los efectos de bebidas alcohólicas. Asimismo, el hombre indemnizó a la víctima con 3.000 euros antes de la celebración del juicio, lo que fue considerado como una atenuante de reparación del daño.  

Por todo ello, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla condena al acusado como autor de un delito de abuso sexual, aplicando las atenuantes mencionadas. La pena incluye el pago de una multa de 1.626 euros, dos años de prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella y la obligación de abonar las costas del procedimiento judicial.  

La sentencia supone el cierre de un caso en el que el acusado admitió los hechos que se le imputaban, lo que permitió alcanzar el acuerdo de conformidad entre las partes y evitó la celebración de un juicio completo.

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