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Condenado en Santiponce por amenazar con "cortar el pescuezo" a un guarda de coto

La Audiencia de Sevilla confirma la multa por amenazas a un guarda de un coto, pero anula la orden de alejamiento por no haber sido solicitada en el juicio

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  • Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla. -

La Audiencia de Sevilla ha confirmado la condena a un hombre por un delito continuado de amenazas contra un guarda de un coto de caza en Santiponce. El acusado amenazó al guarda con “cortarle el pescuezo”, primero mediante gestos intimidatorios y luego a través de una llamada telefónica en la que reiteró las amenazas.

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2022, cuando el guarda inspeccionaba el camino de acceso al coto tras detectar restos de aceite y puntillas metálicas. Según la sentencia, el acusado pasó cerca del guarda con una máquina excavadora, hizo amago de arrollarlo y simuló cortarle el cuello con un gesto. Minutos después, lo llamó por teléfono para amenazarlo nuevamente.

El Juzgado de Instrucción número cuatro de Sevilla impuso al acusado una multa de 240 euros y una orden de alejamiento de seis meses. Sin embargo, la Audiencia ha revocado esta última medida al considerar que no fue solicitada formalmente por la acusación durante el juicio oral, aunque el denunciante manifestó su deseo de que se impusiera.

El tribunal también concluyó que, aunque el acusado negó haber realizado la llamada, las pruebas y testimonios en el juicio corroboraron que fue él quien profirió las amenazas. La juez valoró la credibilidad del denunciante y la identificación de la voz del acusado en la conversación telefónica.

De esta forma, la Audiencia ha desestimado la mayor parte del recurso de apelación presentado por el acusado, pero ha dejado sin efecto la orden de alejamiento por un defecto procesal, manteniéndose únicamente la multa económica como pena.

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