El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha censurado la actuación del presentador del programa La Tarde Aquí y Ahora de Canal Sur Televisión, Juan y Medio, por gastar a una compañera la broma de cortarle en directo la falda con unas tijeras. Según el dictamen del CAA, el presentador "incurrió en una conducta antijurídica".
El pleno del CCA considera que la actuación de Juan y Medio "claramente fomenta una imagen no igualitaria y estereotipada de la mujer, que la legislación no permite". Sin embargo, considera este órgano consultivo, que la actuación del presentador "no constituye ninguna infracción de las tipificadas como sancionables en la Ley General de Comunicación Audiovisual".
No obstante, el Consejo ha instado a la RTVA a adoptar "medidas correctoras sobre este tipo de comportamientos", para los que la actual legislación no contempla sanciones. El Consejo reprocha la "broma" que Juan y Medio quiso gastar a su compañera, por entender que "emplea recursos ilícitos en el ámbito audiovisual, como la utilización de un lenguaje sexista, la cosificación de la mujer, su presentación bajo una óptica sexualizada y la focalización sobre las partes íntimas, que no están permitidos, porque claramente fomentan una imagen no igualitaria y estereotipada de las mujeres".
Para el Consejo Audiovisual, el tono humorístico de la escena "no justifica su exceso", cuando además fueron "reiteradas de forma consciente" durante dos programas en dos días consecutivos y emitidas en horario de protección reforzada de menores.
Medidas correctoras
El Consejo ha pedido a Canal Sur TV que adopte "las medidas correctoras necesarias para que en el programa La Tarde Aquí y Ahora no se difundan contenidos que promuevan la discriminación y vulneren los derechos de la mujer, se respeten las exigencias que comporta la emisión en horario de protección reforzada y se cumpla con la función de servicio público con respeto escrupuloso a la normativa vigente y a su carta de servicio público y contrato-programa".
Entre los argumentos jurídicos que sostienen la decisión del Consejo se invoca la jurisprudencia del Tribunal Superior y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que establecen que la libertad de expresión en los contenidos emitidos en clave de humor debe respetar los límites establecidos para proteger los derechos fundamentales, como el de la igualdad y no discriminación por razón de sexo.
El hecho de que la pretendida broma fuera pactada entre el presentador, Juan y Medio, y la presentadora, Eva Ruiz, y que contara con el consentimiento de ésta, como ella misma reconoció en su momento, no conlleva que sea pertinente. "Convertir en objeto de broma un comportamiento social contrario a la igualdad de género puede derivar en la banalización o frivolización de dicho comportamiento, restándole importancia en especial desde el punto de vista de los espectadores más jóvenes", apunta el Consejo en su resolución. "Además de la banalización de la idea del consentimiento, se bromea con la difusión de imágenes de carácter íntimo, comportamiento que actualmente, con el auge de las grabaciones caseras y el uso de redes sociales, constituye un grave problema entre los más jóvenes".
El pleno del Consejo Audiovisual abrió expediente el pasado 13 de septiembre, acumulando en uno sólo las quejas presentadas ante la Oficina de Defensa de la Audiencia (ODA) que consideraban que la emisión de estos contenidos eran denigratorios contra la mujer. Como es preceptivo, se dio traslado de las quejas a la dirección de la RTVA, que alegó que no compartía las escenas objeto de las quejas, que consideraba un "lamentable y desafortunado error", por el que pidió disculpas en un comunicado difundido por las redes sociales el 8 de septiembre. Igualmente requirió a la productora del programa Indaloymedia a que rectificara los hechos.