El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha decretado que las playas ubicadas en zonas de nivel de alerta 4 deberán estar cerradas desde las 22,00 hasta las 07,00 horas para el ocio y esparcimiento y las piscinas deberán contar con señales en el suelo o marcas similares para preservar la distancia de seguridad entre personas no convivientes.
En concreto, en el nivel de alerta 4 los Ayuntamientos deberán tomar las medidas necesarias para el cierre de las playas para el ocio y esparcimiento, exceptuándose la pesca u otras actividades de carácter individual, en el intervalo horario de 22,00 a 07,00, según la información consultada por Europa Press en el BOJA.
En las zonas de estancia de las playas, la Junta recomienda una distribución espacial para garantizar la distancia de 1,5 metros entre los usuarios, ya que independientemente del nivel de alerta se deberá mantener la distancia entre los distintos grupos de personas.
Los Ayuntamientos deberán disponer de un Plan de contingencia específico de cada playa, incluido en el Plan de seguridad y salvamento en playas o los protocolos que procedan en su caso.
PISCINAS
En cuanto a las piscinas, se deberán establecer las medidas necesarias para mantener la seguridad interpersonal de 1,5 metros y en las zonas de estancia se emplearán señales en el suelo o marcas similares para procurar la distancia de seguridad entre los usuarios no convivientes.
Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro establecido y evitando el contacto con el resto de usuarios. Se habilitarán sistemas de acceso que eviten la acumulación de personas y que cumplan las medidas de seguridad y protección sanitaria.
Se recordará a los usuarios, por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía, las normas de higiene y prevención así como se señalará la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el Covid-19.
Asimismo, deberán limpiarse y desinfectarse los diferentes equipos y materiales como vasos, corcheras, material auxiliar de clases, reja perimetral, botiquín de primeros auxilios, taquillas y cualquier otro material en contacto con los usuarios, que forme parte de la instalación.
Además, se deberá llevar a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como vestuarios o baños antes de la apertura de cada jornada.
En el caso de que en las instalaciones se preste algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se ajustará a lo previsto en las condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración.
AFOROS EN PISCINAS SEGÚN ALERTA
Respecto a los aforos, en el nivel de alerta 1 la ocupación será de hasta el 100% tanto en piscinas al aire libre como en piscinas interiores y en el nivel de alerta 2 la ocupación será del 75% del aforo permitido en piscinas interiores.
En el nivel de alerta 3, se permitirá hasta el 75% en piscinas al aire libre y 50% en piscinas interiores del aforo permitido, mientras que en el nivel de alerta 4, se podrá contar con el 50% en piscinas al aire libre y 30% en piscinas interiores del aforo permitido.