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Sábado 16/11/2024
 

Cádiz

En abril arranca la campaña preventiva e informativa de prohibición de perros en las playas as playas

De mayo a septiembre de 2015 se impusieron doce multas a los propietarios por este hecho, que prohíbe la ordenanza municipal

Andaluc�a Informaci�n
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  • Perros en la playa -

La Policía Local comienza, a mediados de este mes de abril, su campaña informativa y preventiva para los propietarios de perros que además sean usuarios de las playas que conforman el litoral gaditano.
La intención, como explican desde el propio Ayuntamiento, es que se pueda evitar el mayor número de sanciones posibles, informando a los usuarios de la prohibición expresa de que los animales ocupen las playas, como se recoge en la Ordenanza municipal de usos y disfrute de las playas de la ciudad de Cádiz.
A pesar de todo, es inevitable que se impongan sanciones a los propietarios que desoyen las instrucciones de los agentes de la Policía Local, y entre los meses de mayo y septiembre de 2015, periodo en el que se intensifica más la campaña porque hay mayor número de usuarios en las mismas y por tanto la convivencia debe ser respetada, se interpusieron un total de doce sanciones.
Una campaña la que desarrolla la Policía Local que cuenta con otro refuerzo añadido y son los carteles que  tiene colocados el área de Medio Ambiente por distintos puntos de la ciudad, sobre todo el paseo marítimo y la propia playa, pero que, como ha podido comprobar este medio, muchos usarios desoyen.
Estos usuarios aseguran que, si no se encuentran en temporada alta de playas o en pleno verano, sus mascotas tienen el mismo derecho a acudir a la playa porque no afectan a los ciudadanos, ya que, si apenas hay gente en las playas, los animales pueden tener un lugar por el que pasear a gusto y hacer sus necesidades. Incluso algunos de esos usuarios justifican que los animales puedan bañarse en las playas.

Ordenanza municipal


La ordenanza municipal de usos y disfrute de las playas de la ciudad de Cádiz, compuesta de tres títulos, en el sexto hace referencia a la permanencia de los animales en las playas.
El objeto de este capítulo es el de prevenir y controlar las molestias y peligros que los animales pueden causar, tanto a las personas como al medio.
En cuanto al apartado de prohibiciones, expresa que “se prohíbe la presencia y permanencia de cualquier tipo de animal doméstico en la playa durante todo el año, la infracción de este artículo llevará aparejada la correspondiente sanción, la persona que infrinja esta normativa estará obligada a la inmediata retirada del animal”.
Éste es uno de los preceptos con el que los propietarios de animales no están de acuerdo, pues consideran que, en temporada baja debería estar permitida la presencia de los animales de compañía en las playas, cosa que por otro lado otros usuarios de las playas consideran intolerable.
Continúa la normativa afirmando que “se permite la presencia de perros destinados a salvamento o auxilio, cuando las circunstancias así lo aconsejen y perros lazarillos en compañía de la persona a quien sirva, sin perjuicio de la responsabilidad de su poseedor/a y/o propietario/a ni de las medidas que el mismo deba adoptar para evitar molestias o riesgos para el resto de usuarios/as”.
Por otro lado, recoge que “la persona poseedora del animal, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria de la propiedad, será responsable de los daños, molestias o perjuicios”.

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