La sesión plenaria de este jueves de la Corporación Municipal abordará la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza de arbolado, parques y jardines públicos. A ella se ha referido el concejal de Medio Ambiente, Javier García, quien destaca que las motivaciones para hacer frente a esta modificación es la adecuación de temáticas que hoy en día se realizan de oficio pero que no estaban recogidas en el anterior documento, “el cual pedía ya una renovación porque, como ejemplo, las sanciones venían expresadas en pesetas”, explica.
Así, cuestiones técnicas sobre la ornamentación, sobre la responsabilidad de los propietarios de zonas privadas, las medidas de los alcorques en las zonas públicas y la revisión de sanciones figuran entre los puntos que han sido actualizados especialmente.
Como resumen de este trabajo cabe indicarse que las autorizaciones municipales exigirán la garantía de la reposición de daños de elementos vegetales y del mobiliario urbano que pudiesen ser afectados. En cuanto a la estética urbana, las zonas ajardinas y zonas privadas, ya sean destinadas a uso público o privado que forman parte de una urbanización o edificación, serán conservadas por sus propietarios dentro de los estándares de seguridad y estética urbana apropiada, de forma que tanto los gastos de instalación como los de mantenimiento posterior correrán a cargo de los mismos. A tal respecto, en caso de incumplimiento de lo establecido, el Ayuntamiento podrá ordenar la ejecución de los trabajos y obras precisas para su cumplimiento a costa de los responsables.
Se recoge también correcciones técnicas para la construcción de alcorques en la vía pública, ya que se deja a critero técnico las dimensiones de los mismos conforme a la calle o avenida en cuestión y otras circuntancias. En cuanto a la tala y abatimiento de árboles, se mantendrá al ciudadano informado sobre las actuaciones de talas y abatimientos de árboles de carácter público en el municipio llevadas a cabo por la delegación de Parques y Jardines. Para ello se creará un fichero en el que se incluirá un registro por cada uno de estos árboles talados o abatidos en el que se recogerá la descripción del árbol y su localización, motivo de la actuación, fecha, croquis de situación y fotografía del árbol afectado.
Otro apartado importante es la defensa fitosanitaria de las zonas verdes. El artículo que se modifica quedará de la siguiente manera: “Cuando en cualquier zona verde o terreno privado el estado fitosanitario de la vegetación pueda ser causa de propagación de plagas o enfermedades de importancia, el Ayuntamiento podrá decretar los tratamientos que considere oportunos. Una vez transcurridos los plazos fijados, si los propietarios de dichos terrenos no han realizado las actuaciones decretadas, éstas podrán se realizadas subsidiariamente por el Ayuntamiento a costa de los mismos”.
Finalmente, en el apartado de sanciones se establecen que las leves tendrán multas desde 50 euros a 299 euros; las graves irán desde los 300 a los 1.199 y las muy graves con multas desde 1.200 a 3.000 euros.