Los magistrados, fiscales y letrados de la Administración de Justicia de Córdoba, ante las noticias sobre el funcionamiento del juzgado de guardia de 24 horas, han expresado este viernes que desde que la prestación del servicio comenzó su andadura en marzo de 2019 "no se ha presentado queja alguna sobre el funcionamiento por parte de ninguna persona que haya hecho uso del mismo, ni tampoco por parte de profesionales de la abogacía, ya se trate de letrados de oficio como de los que son elegidos por los detenidos".
Así lo destacan en el comunicado que ha leído en esta jornada el juez decano de Córdoba, Miguel Ángel Pareja, junto al presidente de la Audiencia Provincial, Francisco de Paula Sánchez Zamorano; el fiscal jefe, Juan Calvo-Rubio, y el secretario coordinador provincial de Justicia, José Antonio Guerra.
Al respecto, han defendido que tanto los jueces como los fiscales actúan "en garantía de los derechos fundamentales de las personas y, en concreto, de las personas detenidas, siendo los primeros interesados en que se respeten los mismos, junto con los letrados de la Administración de Justicia y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".
En este caso, han detallado que "todo detenido es de inmediato atendido por el juzgado de guardia en cuanto es puesto a disposición judicial, no habiéndose producido ninguna denuncia por detención ilegal, como tampoco se ha planteado ningún procedimiento de 'hábeas corpus' por este motivo".
Asimismo, han explicado que "Córdoba, al igual que sucede con otras ciudades con juzgados de 24 horas --Granada, Sevilla, Málaga, Madrid, Zaragoza o Valencia--, y con el fin de optimizar los medios y racionalizar el trabajo, cuenta con un protocolo de conducciones en el que se contemplan dos traslados diarios ordinarios y cuantos extraordinarios sean necesarios para garantizar los derechos de las personas detenidas".
Este protocolo, según han expuesto, "ha sido ratificado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que sobre la base de la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional (TC) y el Tribunal Supremo (TS), ha declarado que el mismo es conforme a la Constitución y a la ley, y que, por tanto, garantiza los derechos de los detenidos".
Además de la atención y legalización de los detenidos, hay otras múltiples funciones que desempeña el juzgado de guardia de 24 horas, tales como tramitar "de manera inmediata" denuncias; celebrar juicios rápidos; preconstituir pruebas conforme a la ley, especialmente cuando las personas perjudicadas sean extranjeras y tengan que abandonar la ciudad.
También se recogen actuaciones "de carácter urgente o inaplazable" en los delitos de violencia sobre la mujer cuando el juzgado especializado está cerrado; inscripciones y órdenes de inhumación en caso de fallecimiento; autorización judicial de trasplantes, y colocación de dispositivos telemáticos de localización, entre otras.
Ante todo ello, han reiterado "el compromiso de magistrados y jueces para garantizar el cumplimiento de la tutela judicial efectiva, así como la defensa y el respeto de las garantías constitucionales y procesales de cualquier persona privada de libertad, junto con el Ministerio Fiscal y los letrados de la Administración de Justicia".