Un juez de lo Contencioso Administrativo ha rechazado una indemnización que se reclamaba al Ayuntamiento de Córdoba por una caída en la vía pública
Un juez de lo Contencioso Administrativo ha rechazado una indemnización que se reclamaba al Ayuntamiento de Córdoba por una caída en la vía pública al considerar que es una "situación natural" que haya irregularidades en las aceras y que no puede pretenderse que se encuentren "en un absoluto alineamiento".
En una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número cuatro de Córdoba facilitada a Efe este miércoles, su titular, Antonio Salmoral García, desestima la reclamación de 2.861,70 euros que una mujer hizo a la institución municipal por una caída en la calle Camino de la Barca el 18 de junio de 2018 al tropezar con la tapa de una arqueta que estaba mal colocada.
El magistrado argumenta que "la posibilidad de caerse en una acera surge desde el momento mismo en que se transita por ellas, sin que las consecuencias de esa caída puedan ser imputables sin más a la Administración responsable".
Ello, según la resolución judicial, debido a que no puede pretenderse que "la superficie de las aceras y las calzadas se encuentren en un absoluto alineamiento, totalmente rasante y carente de la mínima irregularidad", lo que es "inevitable en toda población".
En el caso que ha sido sometido a juicio, el magistrado entiende que las irregularidades que presenta la acera no son superior a un centímetro según la medición municipal, que no ha sido rebatida por la denunciante, que se cayó en una zona con "amplitud de paso" y "visibilidad", que obligan "a no convenir con la pretensión actora".
La mujer sufrió lesiones que tardaron 67 días en curar y unos dolores postraumáticos como secuelas que el Ayuntamiento de Córdoba no deberá indemnizar.