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Sábado 16/11/2024
 

Córdoba

Detenido el conductor de un camión con una tasa de alcohol siete veces superior

A la altura de Córdoba y en sentido Madrid, realizando zig-zag, dando bandazos y ocupando los dos carriles de la calzada

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  • Un agente de la Guardia Civil realiza la prueba de alcoholemia. -

La Guardia Civil ha detenido recientemente al conductor de un camión que circulaba con una tasa de alcohol siete veces mayor a la permitida por la Autovía A-4, a la altura de Córdoba y en sentido Madrid, realizando zig-zag, dando bandazos y ocupando los dos carriles de la calzada.

Según detalla la Benemérita en una nota, sobre las 20,00 horas del domingo 18 de julio de 2021 varias llamadas al teléfono de Emergencias 112 alertaron de la circulación anómala de un camión a la altura de Córdoba, motivo por el que fueron alertadas las patrullas en servicio del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Córdoba, una de las cuales pudo dar el alto al citado camión a la altura del Área de servicio 'Las Palmeras'.

Los agentes pudieron apreciar que el conductor del mismo se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas, al presentar numerosos síntomas característicos, por lo que voluntariamente fue sometido a las preceptivas pruebas de alcoholemia, arrojando un resultado de 1,13 mg/l y 1,17 mg/l, respectivamente, recordando que la tasa máxima de alcohol permitida para los conductores de vehículos pesados es de 0,15 mg/l, por lo que este conductor septuplicaba la tasa límite.

Tanto los síntomas que el conductor, de 54 años, presentaba como el resultado arrojado en las pruebas de alcoholemia suponen la comisión de un presunto delito contra la seguridad vial. La comisión del supuesto delito, unido al hecho de que el conductor carecía de domicilio en España, hizo necesaria su detención y custodia hasta que en la mañana del día siguiente, lunes, fue puesto a disposición del Juzgado de Instrucción de Guardia de Córdoba.

Según lo establecido en el Artículo 379 del vigente Código Penal, el conductor podría ser condenado como autor de un delito contra la seguridad vial a las penas de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

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