El secretario general del Partido Popular de El Puerto, Javier Bello, destaca que hasta el 30 de septiembre del presente año se encuentra abierto el plazo de solicitud para acogerse a la Orden por la que se convocan ayudas, en concurrencia no competitiva, para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de la vivienda habitual.
Bello, que señala que la orden puede consultarse en el enlace del BOJA
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/542/2, afirma que la Junta de Andalucía quiere así ayudar al pago del alquiler a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del Covid- 19, tengan problemas transitorios para atender al pago total o parcial del alquiler de su vivienda habitual o de la devolución de las ayudas transitorias de financiación que hayan solicitado para hacer frente al pago de la renta de su vivienda habitual, reguladas en el art. 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
El secretario general del PP de El Puerto subraya que las mismas podrán alcanzar el importe de las rentas de alquiler, con un máximo de 900 euros mensuales y hasta 6 mensualidades, y con un importe máximo de 5.400 euros en el supuesto de haber accedido a las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020. Bello apunta que podrán ser beneficiarias las personas físicas que, en su condición de arrendatarias de vivienda habitual, acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida, según se define al efecto.
Bello González, que señala que las ayudas destinadas a la provincia de Cádiz cuentan con un total de 5.674.451,67 euros, que se repartirán entre las anualidades de 2020 y 2021, explica que las solicitudes se presentarán preferiblemente de manera telemática, aunque podrán presentarse también en cualquiera de los Registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, preferentemente en la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de la provincia en la que esté ubicada la vivienda objeto del contrato de arrendamiento, pudiendo obtenerse el formulario para ello en el Portal de la Junta de Andalucía.