El denominado 'caso Rabasco' investigaba contrataciones irregulares para fiestas y actos del Consistorio de Llucmajor
El Tribunal Supremo ha absuelto al exalcalde de Llucmajor, Lluc Thomàs, de los delitos de malversación de caudales públicos, negociaciones prohibidas, defraudación, uso de información privilegiada, tráfico de influencias y prevaricación, por los cuales había sido sentenciado por la Audiencia Provincial de Palma el 24 de noviembre de 2010 a tres años de prisión y a ocho de inhabilitación de cargo público.
De este modo, el TS ha estimado el recurso de casación presentado por la defensa de Thomàs, al tiempo que ha estimado parcialmente los recursos de casación planteados por los abogados del resto de condenados en esta causa, Joaquín Rabasco y María del Amor Aldao.
Cabe recordar que el denominado 'caso Rabasco' investigaba contrataciones irregulares para fiestas y actos del Consistorio de Llucmajor a cuatro sociedades ligadas a Rabasco y a su compañera sentimental Aldao.
Asimismo, el TS rebaja de seis a dos años de prisión la condena a Rabasco, tras absolverle de los delitos de cohecho, uso de información privilegiada, tráfico de influencias, prevaricación y alzamiento de bienes.
De este modo, sólo le condena a dos años de cárcel y a ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público como autor de un delito de fraude por funcionario público y a dos años de inhabilitación como autor de un delito de negociaciones prohibidas.
Mientras, el TS reduce de tres años a uno de prisión la condena a Aldao, tras absolverla de los delitos de cohecho, uso de información privilegiada, tráfico de influencias, prevaricación y alzamiento de bienes, al tiempo que le condena como cooperadora necesaria de un delito de fraude por funcionario público, por el cual le inhabilita también para empleo o cargo público durante seis años.