La Fiscalía Anticorrupción ha rechazado reclamar al juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz que imponga una pulsera de control telemático al extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas, al considerar que se trata de una medida "prematura" a pesar de que existen "múltiples y contuntendentes indicios" de que podría haber incurrido en "la comisión de diversos delitos".
Así consta en un escrito remitido al Juzgado Central de Instrucción número 5 en el que el Ministerio Público sostiene que la adopción de medidas cautelares debería realizarse después de la declaración de Bárcenas ante el juez, que se producirá el próximo lunes, 25 de febrero, y cuando se reciban los informes encargados a la Agencia Tributaria y la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF).
La imposición de la pulsera fue solicitada por la Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE), que ejerce la acusación popular en el caso 'Gürtel', al objeto de "evitar el riesgo de fuga" del extesorero así como la "tentación" de que pudiera llevar a cabo una operación de "vaciamiento patrimonial".
Este colectivo también solicitó al juez que acuerde la prohibición de que Bárcenas salga del territorio nacional, la retirada del pasaporte y la obligación de que comparezca todas las semanas en el juzgado más próximo a su domicilio, así como "la prohibición inmediata de transferir o gravar de manera alguna sus bienes" y "el embargo preventivo de todos sus bienes y propiedades, incluyendo, naturalmente, los que tenga en el extranjero".
TRÁMITE "IMPROCEDENTE"
En su escrito, de tres páginas, la Fiscalía Anticorrupción señala que, por su "alcance y contenido", las medidas cautelares solicitadas por la acusación popular deben entenderse "dirigidas a asegurar la sujeción del imputado al procedimiento, conjurando los posibles riesgos de fuga, manipulación de las fuentes de prueba o indebida disposición de bienes por parte del mismo".
No obstante, señala que "ni tales medidas, que persiguen modificar la situación personal de quien se encuentra en libertad provisional en esta causa desde su inicio" ni "la entidad última de los riesgos" que pretenden conjurarse con las mismas puede evaluarse "sin conocer determinadas circunstancias cuya realidad está siendo analizada por las unidades de auxilio judicial, sin perjuicio de lo que pueda declarar el propio imputado el día 25".
"Es por ello que resulta improcedente anticipar el trámite de audiencia en aras de resolver sobre la eventual imposición de las medidas cautelares, invirtiendo así la prioridad que corresponde al acto de su declaración", señala el escrito.
LOS PAPELES DE BÁRCENAS
En relación con la solicitud de ADADE de que el juez tome declaración a las "personas no aforadas" que aparecían en la supuesta contabilidad B del PP publicada por el diario 'El País', la Fiscalía Anticorrupción señala, al igual que en escritos anteriores, que esta documentación, "sin perjuicio de la evolución de la instrucción, no está relacionada con los hechos objeto de esta causa".
"Por todo ello y de conformidad con lo ya resuelto, no procede, en el estado actual de la causa, la práctica de las declaraciones de quienes aparecen en las anotaciones publicadas", señala el Ministerio Público.
Bárcenas, que está imputado por los delitos de blanqueo de capitales, fraude fiscal y cohecho, llegó a tener hasta 22 millones de euros en una cuenta en el Dresdner Bank de Ginebra (Suiza). En diciembre regularizó 10,9 millones (el delito fiscal en el resto habría prescrito, según su defensa) tras acogerse a la amnistía fiscal a través de la sociedad Tesedul, registrada en Uruguay.