La Audiencia Provincial de Baleares ha rechazado que el juez instructor del caso Nóos, José Castro, se inhiba de estas pesquisas, desestimando así la petición formulada en este sentido por el expresidente del Govern Jaume Matas, quien considera que estas investigaciones, enmarcadas en la pieza separada número 25 del caso Palma Arena, no guardan relación alguna con las que dentro de esta causa indagan un presunto desfase en la construcción del velódromo palmesano.
Mediante un auto al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Segunda confirma la competencia del magistrado para seguir instruyendo el caso Nóos, al subrayar que la conexión de estas pesquisas con el resto del caso Palma Arena surgió de las investigaciones en torno a las actividades de Matas, siendo ahí cuando "surge la competencia del juez instructor, al que la Ley le asigna la obligación de perseguir un delito (...) cuando tenga conocimiento de un hecho delictivo en el curso de otra investigación criminal".
De hecho, el tribunal recuerda cómo Castro, al amparo del artículo 308 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), puso en conocimiento de la Fiscalía la 'noticia criminis' del nuevo hecho -las actividades presuntamente irregulares llevadas a cabo por el Instituto Nóos-. "No sostiene el juez la pretensión penal, sino el Ministerio Fiscal", incide la Sala en esta misma línea.
El tribunal asevera asimismo que, ya antes de la apertura del caso Nóos, el expresidente del Govern fue interrogado en torno a los convenios suscritos entre Nóos y el Ejecutivo balear. En cualquier caso, recalca en su resolución que es en ese momento procesal, y no ahora, cuando procedería haber instado la petición de inhibición y "no cuando se han practicado múltiples diligencias".
El propio instructor rechazó en primera instancia apartarse de esta 'subcausa' al alegar, entre otros numerosos argumentos, que hasta que el exjefe del Ejecutivo balear no fue citado en ella para declarar como imputado en el caso Nóos nadie había cuestionado su competencia para instruir estas investigaciones.
En este sentido, el juez esgrimía que ya cuando por primera vez tomó declaración al imputado, en marzo de 2010, se le preguntó en torno a los convenios firmados entre el Gobierno y Nóos para la celebración de dos foros sobre turismo y deporte en Baleares -que costaron 2,3 millones de euros públicos, parte de cuyo destino se investiga-, y entonces "ni el señor Matas ni su dirección letrada mostraron su discrepancia sobre las preguntas que se le formularon, ni se cuestionaron la competencia de este instructor para hacerlas o consentir que otros lo hicieran" en el marco del caso Palma Arena.
Es más, el magistrado afirmaba que, desde entonces, se dictaron más de quince resoluciones hasta que fue abierta la pieza sobre Nóos, el 4 de agosto del pasado año, a partir de cuando se dictaron otras 33, sin que ni siquiera una vez levantado el secreto de las mismas ninguna de ellas fuese objeto de recurso ni de cuestionamiento de la competencia por parte de Matas.
En la petición presentada por el abogado de Matas, Antonio Alberca, ante el Juzgado de Instrucción número 3, el letrado incidía en que ya cuando en el curso de las indagaciones sobre el presunto desfase de más de 50 millones de euros durante la ejecución del Palma Arena (2005-2007) aparecieron indicios de criminalidad en torno a las actividades realizadas a través de Nóos, el magistrado "debió acordar su inhibición" de forma inmediata.